El impacto de la sexta ola de la pandemia del coronavirus sigue creciendo. A nivel nacional se siguen superando récords de contagios. Este lunes, el ministerio de Sanidad ha notificado 60.041 nuevos casos, de los que 37.609 han sido diagnosticados en las últimas 24 horas. En Andalucía también preocupa la situación, que este miércoles ha entrado en riesgo muy alto al notificar 6.237 contagios. Mientras, en Ronda (Málaga), un concejal ha sido foco de polémica tras aparecer en una fiesta sin guardar la distancia de seguridad ni llevar la mascarilla.
En vídeos e imágenes difundidas por las redes sociales se puede ver cómo un concejal del PP no mantiene la distancia de seguridad ni lleva la mascarilla puesta para evitar contagios por coronavirus.
Los contagios también continúan creciendo en Ronda. Concretamente, en el distrito sanitario de Ronda, se han registrado en las últimas 24 horas 30 nuevos contagios. La actualización del informe que publica a diario la Consejería de Salud y Familias refleja que los casos activos crecen hasta los 328 a nivel comarcal, 196 de los cuales se localizan en Ronda. La presión hospitalaria también aumenta, ya que el Hospital Comarcal ha registrado desde ayer un nuevo ingreso relacionado con la pandemia que eleva el total a siete, uno de ellos en la Unidad de Cuidados Intensivos.
Otra de las variables que sigue repuntando en la comarca en la tasa de incidencia acumulada (IA) en las dos últimas semanas por cada 100.000 habitantes, que ya se sitúa en 571 casos en la Serranía, dentro del nivel de riesgo muy alto, y en 507 a nivel local. A día de hoy el gobierno andaluz únicamente ha determinado la obligatoriedad de presentar el certificado COVID para acceder a establecimientos de ocio y restauración.
Sentencia por derecho al honor, la intimidad y la propia imagen
“Que procede estimar el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la parte demandante contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Torremolinos, dejándola sin efecto y estimando la demanda, declarando que la entidad demandada ha llevado a cabo una intromisión ilegítima en el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen del demandante, condenando a la demandada a eliminar las imágenes del perfil del demandante de la noticia y a publicar la parte dispositiva de la sentencia en el periódico”.
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