El miércoles 17 de junio pasará a la historia judicial española por ser el día en que, por primera vez, un expresidente del Gobierno prestará declaración como imputado en un procedimiento judicial. Una causa penal derivada del presunto cobro de mordidas tras el rescate de la aerolínea venezolana Plus Ultra. Un procedimiento que, además, cuenta con una segunda parte, la pieza separada de las joyas del expresidente que fueron incautadas por la UDEF en el registro de su despacho.

Una declaración histórica, sí, pero que también está rodeada de preguntas aún sin respuesta. El expresidente está investigado por los delitos de tráfico de influencias, organización criminal y falsedad documental en el rescate, y por fraude fiscal y contrabando en la pieza de las joyas, pero el nudo gordiano de esa imputación se sustenta en el volcado de un teléfono móvil cuya legalidad está más que entredicho.

Preguntas sin respuesta

La primera de las preguntas que surge, y probablemente la más importante de todas, es la licitud de una de las principales pruebas de cargo contra Zapatero: las conversaciones contenidas en el teléfono de Rodolfo Reyes, principal accionista de Plus Ultra, que fueron volcadas en Miami por el ICE en 2021, pero que no llegaron a España hasta marzo de 2026, con Trump en la presidencia y en plena crisis diplomática con Pedro Sánchez por el uso de las bases de Morón y Rota.

De la nulidad o no de esta prueba depende el grueso del caso, pues el juez instructor, José Luis Calama, utilizó parte de esas conversaciones como base para autorizar los registros, incautar la documentación y los dispositivos móviles que ahora mismo está analizando la UDEF.

Si la prueba no se consiguió con todas las garantías procesales, siguiendo la doctrina del fruto del árbol envenenado, todo lo que se haya obtenido utilizando esa prueba sería nulo. Por tanto, y sabiendo lo anterior, la pregunta es lógica: ¿No sería mejor esperar a saber si la prueba es nula o no para tomar declaración?

Las joyas

Pero si hay una cuestión que sobrevuela el procedimiento, es el por qué el juez Calama le ha denegado a la defensa de Zapatero un aplazamiento en la declaración que también prestará sobre la pieza separada abierta por las joyas.

Zapatero había pedido que se pospusiera esa parte para poder buscar la documentación que acredite la procedencia de las joyas, tasadas por una joyería y por el Instituto Gemológico Español en más de 1,3 millones de euros, así como realizar una tasación propia de las mismas.

Sin embargo, Calama se lo denegó esgrimiendo que este asunto "no altera el objeto fáctico ni introduce elementos sorpresivos que exijan un tiempo adicional de preparación", y amparándose en la economía procesal.

Según las fuentes jurídicas consultadas por ElPlural.com, no tiene sentido no aplazar esta parte de la declaración. Más aún, teniendo en cuenta que lo más probable es que Zapatero se acoja a su derecho a no declarar sobre este extremo, pues podría cometer algún error si no tiene la documentación necesaria para explicarse.

Aseveran las fuentes que, si se acoge a su derecho a no declarar sobre las preguntas de las joyas, la economía procesal no serviría de nada, pues lo más probable es que su defensa solicite una declaración voluntaria una vez tenga la documentación y la tasación propia.

Volviendo a la declaración que no afecta a las joyas, hay que recordar que Zapatero siempre ha defendido su inocencia y ha aseverado que dará todas las explicaciones que sean necesarias al juez. Entre esas explicaciones está su contrato como asesor con Julio Martínez, o el contrato de la empresa de Martínez con la empresa de las hijas del expresidente, así como su relación con los accionistas de Plus Ultra.

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