El Tribunal Constitucional ha tumbado el recurso de Vox contra la reforma legal aprobada en 2023 que permite a las menores de 16 y 17 años a abortar sin permiso de los padres. El Pleno de la Corte de Garantías ha avalado el borrador de la sentencia que ha redactado la magistrada del ala progresista, Laura Díez, que defiende el texto como constitucional. Sin embargo, la decisión ha contado con el voto particular contrario a la decisión de la mayoría de los magistrados conservadores.
La formación ultraderechista presentó un recurso contra la reforma de la ley del aborto aprobada por el Congreso de los Diputados, con los votos en contra del Partido Popular y del propio Vox. El texto suprime la obligación de que las menores de 16 y 17 años contaran con el permiso paterno para abortar. El Tribunal de Garantías se ha pronunciado este martes para tumbar el escrito del partido que comanda Santiago Abascal y ratificar el articulado, después de varias sentencias que han rechazado recursos contra la ley del aborto de 2010 y contra la penalización del acoso a aquellas mujeres que acuden a clínicas de interrupción del embarazo.
El aval del Constitucional ha salido adelante a pesar del voto particular emitido por los cuatro magistrados conservadores en el Pleno. El borrador de la sentencia, redactado por la magistrada del ala progresista Laura Díez, refuta las tesis ultraderechistas y da luz verde a la Ley 1/2023 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo. Un articulado que modificaba la del 2010. Sin embargo, contra la decisión de la mayoría, Concepción Espejel, Enrique Arnaldo, César Tolosa y Ricardo Enríquez, han rechazado la defensa del bloque progresista.
Se trata de los mismos magistrados que ya votaron en contra de la sentencia en el año 2010. Sin embargo, en aquella ocasión justificaron su negativa afirmando que debían darse mayor información a las mujeres que quisieran abortar de las alternativas que podrían tomar en cuenta.
Los de Santiago Abascal elevaron la ley ante el Tribunal Constitucional al entender que vulnera los principios de libertad, pluralidad, legalidad y los derechos a la vida, a la igualdad y a la libertad ideológica. En febrero de 2023, después de que el Congreso de los Diputados aprobara por mayoría, con el rechazo de Vox y del Partido Popular, la Corte de Garantías evitó pronunciarse sobre el consentimiento paterno a la interrupción del embarazo en menores de 16 y 17 años, cuando tuvo que resolver el recurso de los conservadores al articulado del 2010. El Ejecutivo de Mariano Rajoy, en 2015, suprimió ese precepto del marco normativo.
Además de la erradicación del consentimiento paterno, el aval de la Corte de Garantías establece los hospitales públicos como centros de referencia para la práctica de la interrupción voluntaria del embarazo. La reforma del aborto contempla también la creación de un registro de objetores de conciencia para el personal sanitario y suprime la obligación de informar a la mujer sobre las prestaciones y ayudas de apoyo a la maternidad, así como al plazo de reflexión de tres días.
De esta manera, en virtud de esta normativa, se mantienen los plazos fijados por ley en 2010, por lo que el aborto continúa siendo libre durante las primeras 14 semanas de gestación. A partir de ese periodo, solo podrá interrumpirse el embarazo excepcionalmente hasta la semana 22 cuando exista grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada o riesgo de graves anomalías para el feto. Después, solo será posible cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida o una enfermedad extremadamente grave e incurable confirmada por un comité clínico
Síguenos en Whatsapp y recibe las noticias destacadas y las historias más interesantes.