La sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que juzga el caso mascarillas, ha rechazado la licencia para que el PSOE y la adjudicataria de obra pública, Azvi, se querellen contra Víctor de Aldama, presunto conseguidor de la trama, por injurias en sus declaraciones en el juicio.

En concreto, el empresario confesamente corrupto acusó al PSOE de financiarse ilegalmente con la adjudicación de contratos públicos desde el Ministerio de Transportes y señaló que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, era “el número 1 de la trama”. Ante estas gravísimas acusaciones, el PSOE solicitó al Supremo querellarse contra el empresario, indicando que esas acusaciones, aún hechas en su derecho de defensa, no dejaban de ser “absolutamente reprochables” y pertenecían a una “campaña difamatoria”.

Finalmente, los magistrados, por unanimidad, entienden que no procede el permiso para poder interponer una querella por injurias y calumnias “al estar pendiente de deliberación y fallo la causa a la que se refieren quieres demandan esa licencia”.

La solicitud del PSOE

Mediante un escrito, los socialistas pidieron “la oportuna licencia para la interposición de querella por delito de injurias y calumnias” contra Víctor de Aldama tras las gravísimas acusaciones contra el partido y su secretario general. Así, señalaron que era “público y notorio” que en la declaración de Aldama como acusado en el juicio, “lejos de rectificar sus falsedades, injuriosas y calumniosas, contra el PSOE y algunos de sus representantes, las ratificó y amplificó”.

De esta forma, sostuvieron que el empresario corrupto realizó “gravísimas acusaciones, que aún realizadas en su derecho de defensa, no dejaban de ser absolutamente reprochables de la forma más contundente, mediante la correspondiente querella”: “A mayor abundamiento, todo ello ha sido manifestado sin aportar una sola prueba que las sustente ante ese tribunal, más que su testimonio, después de que haya pasado más de año y medio desde iniciar su campaña difamatoria”.

Para el PSOE, lo declarado por Aldama atentó “gravemente contra el honor de importantes miembros del Gobierno y del partido, así como directamente del PSOE, siendo claramente perjudicado”. Con todo ello, remarcaban que “lo manifestado” era “absolutamente falso” y respondía “a otros intereses espurios y al margen del procedimiento”.

El partido ya solicitó permiso al Supremo meses atrás para interponer una querella contra Aldama por la declaración que hizo como imputado en diciembre de 2024, cuando afirmó en la fase de instrucción que se pagaron entre 3,5 y 4 millones en comisiones por obras públicas y que una parte era para el PSOE, en concreto, que les llegó a llevar 250.000 euros en una mochila a cada uno de los ahora acusados y que les dio 1,8 millones para el partido en concepto de donaciones. Entonces, la Sala de lo Penal se opuso a conceder la preceptiva licencia, si bien le comunicó que podría volver a pedirlo una vez acabado el juicio, que quedó visto para sentencia el pasado 6 de mayo, después de atender a las declaraciones de los principales acusados, además de Aldama, el exministro de Transportes, José Luis Ábalos, y su exasesor, Koldo García.

Por otro lado, la constructora Azvi y su consejero delegado, Manuel Contreras, que declaró como testigo en el juicio, también solicitó permiso para querellarse contra Aldama, a lo que el Alto Tribunal ha decidido igualmente no pronunciarse por el momento.

Aldama vuelve a declarar este jueves

Bajo el mismo telón de fondo, desde la Audiencia Nacional, el juez Ismael Moreno, que investiga también otra ramificación del 'caso Koldo', llamó a declarar al conocido empresario este jueves 21 de mayo a raíz del informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil sobre los contratos de material sanitario adjudicados supuestamente por Baleares a la presunta trama de mascarillas.

Koldo, por su parte, se acogió a su derecho a no declarar, según anunció en declaraciones a los periodistas su abogada, Leticia de la Hoz, que presentó un recurso al magistrado que investiga el 'caso Koldo' para archivar la causa y suspender el interrogatorio, al entender que los hechos por los que se le iba a interrogar ya han sido juzgados en el Tribunal Supremo.

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