El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra ha emitido una sentencia que da la razón al Ayuntamiento de Moaña en un litigio con el actual propietario del chalet que en 2017 construyó Alberto Núñez Feijóo, entonces presidente de la Xunta de Galicia. Con esta resolución, la justicia valida que el consistorio recupere unos 90 metros cuadrados de vía pública que habían quedado ocupados “por seguridad” del presidente y rechaza que el nuevo propietario, un alto ejecutivo de una multinacional, pueda mantener el muro que se construyó de manera “excepcional” bajo el amparo de un decreto de 2007 que autorizaba a los expresidentes de la Xunta a disponer de “las medidas de seguridad que se consideren oportunas”.

Feijóo construyó este chalet en 2017, y en 2021 lo vendió después de que en 2019 su pareja, Eva Cárdenas, adquiriera otra vivienda en la playa do Con, una propiedad también implicada en pleitos judiciales por un muro construido que impide el acceso público a la playa. En este caso, Costas reclama recuperar 210 metros cuadrados de dominio público cerrados junto a la propiedad.

Según detalla la sentencia, para construir aquel primer chalét en Meira, Feijóo tuvo que ceder al Ayuntamiento una franja de unos 30 metros de largo por 3 de ancho, paralela a la vía pública, con la que se ensanchaba la carretera, requisito recogido en el plan urbanístico. En 2015 segregó y cedió ante notario esos 90,79 metros cuadrados al consistorio, lo que le permitió obtener la licencia para edificar. Sin embargo, en 2017 comunicó una modificación del proyecto.

La Policía Nacional concluyó en un informe que, por motivos de seguridad, el cierre de la parcela no podía tener ángulos muertos y debía ser más alto de los 2 metros que fijaba la normativa municipal. Feijóo presentó ese informe junto a otro de la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Xunta que avalaba la excepción, al amparo del artículo 2.b del Decreto 211/2007, que regula los medios asignados a los expresidentes gallegos.

En este decreto, se establece que los expresidentes “tendrán derecho con carácter vitalicio” a medidas de seguridad adecuadas. Así, en agosto de 2017, con estos informes, el Ayuntamiento de Moaña autorizó a Feijóo a mantener el muro sin retranqueo y a cerrar con él la franja de 90 metros cuadrados, pese a que fuera de dominio público tal como se reflejaba en el Catastro.

Una vez en 2021 Feijóo vende el chalet, la escritura notarial recogió expresamente que el comprador era consciente de que parte del cierre ocupaba terreno público y que, en caso de tener que retranquearlo, sería a su cargo. Así, el Ayuntamiento notificó dos meses después al nuevo propietario que, dado que Feijóo ya no era titular de la finca, el citado muro de seguridad debía demolerse y ajustarse a lo que marcaba el plan urbanístico.

Ante esta exigencia, el comprador recurrió por vía administrativa, primero y sin tener éxito, y después ante los tribunales. Ahora, la justicia ha dado la razón al ayuntamiento. “Lo que ahora pretende es que se le autorice la ocupación privativa, con carácter exclusivo y excluyente, de esa zona de dominio público, para un uso residencial privado, por tiempo indefinido", señala la sentencia. Y subraya que el factor determinante debe ser “el interés público”.

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