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La instrucción judicial sobre la DANA de Valencia continúa en el juzgado de Catarroja, cuya instructora ha señalado directamente a los altos cargos de Emergencias de la Generalitat de aquel momento, la consellera Salomé Pradas y el exsecretario de Emergencias Emilio Argüeso, por ser los principales responsables de las muertes en la pedanía de La Torre.
La jueza Nuria Ruiz Tobarra ha ordenado este martes varias diligencias relacionadas con el impacto de la riada en esta zona valenciana que fue golpeada en octubre de 2024 por la catástrofe natural, de la cual ha precisado que los fallecimientos que se dieron en este punto “son muestra evidente de las negligencias en la gestión de la emergencia, así como de la carencia y retraso de avisos”.
De esta manera, ha señalado la existencia de “claros indicios” de que aquellas muertes “pudieran haber sido íntegramente evitadas por los investigados si hubieran ejercido sus funciones conforme les imponía la normativa en materia de Protección Civil y el Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones”, situando así el foco tanto en Pradas como en Argüeso, ambos imputados en la causa y que fueron los principales cargos de Emergencias durante el mandato de Carlos Mazón en el Consell.
La magistrada ha precisado en el auto que responde a una solicitud de una acusación, Acció Cultural, que se produjo “una altísima mortalidad” en La Torre, “centrada en un garaje, aunque no solo en el mismo, y en el que fallecieron entre otros, una pareja, un matrimonio con su hija, un residente, una viandante, y fuera del garaje, dos personas que volvían de su trabajo, un hombre con movilidad reducida en su propio domicilio, así como dos vecinas de La Torre que sufrieron la inundación y cuyos cuerpos fueron encontrados en Sedaví”.
En su declaración testifical, el alcalde de la pedanía reiteró que no recibió avisos de manera directa del Centro de Coordinación de Emergencias (CECOPI), sino de mano de la alcaldesa de Valencia, María José Catalá, quien le envió el aviso en rojo de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) de aquella jornada a través de WhatsApp a las 20:13 horas de la tarde, dos minutos después del envío de la alerta masiva Es-Alert. La edil del Partido Popular, cabe recordar, que también manifestó desconocer la situación de riesgo.
La jueza incide en las contradicciones en el relato de Pradas
“La gestión de una emergencia de tal calado, anunciada con días de antelación, retransmitida durante aquel día por los medios de comunicación, con el conocimiento del desbordamiento del barranco del Poyo en el CECOPI, como se desprende de abundante prueba, documental y testifical obrante en autos, hace difícilmente explicables los fallecimientos en la pedanía de La Torre”, ha referido en el auto.
En estos términos, la jueza ha insistido en que la toma de decisiones importantes va aparejada con “el conocimiento de las propias competencias en gestión de la emergencia”: “Si se desconoce la aplicabilidad de la Ley 13/2010, que regula la protección civil y la gestión de emergencias en la Comunitat Valenciana, el Estatuto de Autonomía y el Plan Especial de Inundaciones, ello ineludiblemente había de llevar a una paralización o ralentización en la toma de decisiones”.
Pradas entra como principal responsable en este punto porque, según ha razonado la magistrada instructora, se dio “cuando llega a la conclusión de que la toma de decisiones recaía en ella misma como mando único en la situación 2 de emergencia del Plan de Inundaciones, de lo cual existen elementos de prueba en las grabaciones de vídeo, en las testificales y en la documental, la actuación que asumió ya fue tardía y errónea”. Asimismo, ha recordado la comparecencia de la exconsellera en septiembre en el Congreso de los Diputados, cuando refirió a “una codirección del CECOPI y apeló a la normativa estatal considerando que, dado su origen y su posterior promulgación, excluiría la normativa autonómica”.
Un problema de relato, según la jueza, que “no es que contradigan lo que pueda decir esta juez de Instrucción, sino que, lo más grave, suponen un rechazo frontal a lo resuelto por la Audiencia Provincial de Valencia de forma reiterada”.
En lo que concierne al papel de Argüeso, ha recordado que éste “manifestó en su declaración de investigado que no tenía por qué estar en el CECOPI ni tenía por qué ir”. Unas palabras que son “difícilmente inteligible teniendo en cuenta que la convocatoria del CECOPI se hace por la AVSRE y que el secretario autonómico es el director de la misma”, reiterando que sus alegaciones producen “un resultado opuesto al pretendido, ya que dan a entender que, al igual que Salomé Pradas, desconocía sus funciones”.
“Claros indicios” de que la tragedia se pudo haber evitado
En este último auto, la jueza ha hecho hincapié en que los fallecimientos en La Torre dan cuenta de los “claros indicios de que pudieran haber sido íntegramente evitados por los investigados si hubieran ejercido sus funciones conforme les imponía la normativa en materia de Protección Civil y el Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones”. Prueba de ello, ha referido la cobertura de medios de comunicación sobre el desbordamiento del barranco del Poyo “mucho antes de que llegara la lengua de agua a La Torre”: “En el domicilio de uno de los fallecidos en La Torre se seguía el desbordamiento aguas arriba; en el CECOPI se ha llegado a afirmar que no”.
En este punto, también ha recordado la propuesta que planteó el subdirector de Emergencias, Jorge Suárez, quien recomendaba a la población subir a plantas altas: “Es cierto que era para municipios aguas bajo de Forata, pero dicho texto habría sido útil para zonas de diferentes cuencas, afectadas por la inundación", sostiene la magistrada, que apostilla: "Ese mensaje, el de subir a pisos altos, podría haber salvado vidas en La Torre, de haberse enviado antes de las 20:57 horas”, ha expuesto.
Por ello, la jueza ha reiterado que la población de La Torre, “donde no llovía, no podía ser consciente del peligro en el que se encontraba cuando bajó a un garaje, o estaba en la planta baja de su casa, caminaba por la acera, o circulaba con el coche por la pedanía. Ni siquiera se alertó con el mensaje de las 20:11 h, tan genérico en su contenido que Salomé Pradas lo calificó, en una conversación con José Manuel Cuenca -exjefe de gabinete de Mazó- como 'mensaje de precaución'”.
Como medidas que responden a este razonamiento, la magistrada ha instado a identificar al funcionario adscrito de La Torre y obtener la información que se le remitió, así como que ha llamado a declarar como testigo al alcalde de Forn d’Alcedo.




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