Nuevo paso en la investigación que instruye la juez de Catarroja Nuria Tobarra sobre la DANA del 29 de octubre que devastó la provincia de Valencia y dejó 228 muertos. Este miércoles, la magistrada ha citado a declarar como testigos-peritos a dos ingenieros de caminos atendiendo así a la propuesta de la acusación popular que ejerce Vox.
Con esta nueva citación, la juez de Catarroja rechaza de forma paralela citar a los otros siete y ha recalcado que una causa penal no tiene la misma finalidad que una comisión parlamentaria, ya sea en el Senado, en el Congreso o en las Cortes valencianas. En esta línea, la juez subraya para denegar el resto de peticiones que las finalidades de una comisión de investigación parlamentaria "son distintas a las que corresponde a una investigación penal por presuntos delitos de homicidios y lesiones imprudentes".
Esto mismo se desprende del auto notificado este miércoles en el que la magistrada considera que la citación de hasta nueve arquitectos y peritos solicitados por Vox resulta "desproporcionada y reiterativa" respecto a otras pruebas ya practicadas y reiteraría, en la fase de instrucción, las declaraciones prestadas en la comisión en el Senado sobre la riada del 29 de octubre.
Sin embargo, sobre la citación de los dos ingenieros, considera que son las declaraciones de un profesional que “explicó las causas de la catástrofe”, y de un exdecano del Colegio de Ingenieros de Caminos, quien según la misma parte elaboró un artículo específico sobre la DANA. “Muchas de las manifestaciones que realizaron los testigos propuestos nos sitúan en otros ámbitos de responsabilidad, político o administrativo; no esclarecen ni la relación de causalidad con los fallecimientos y lesiones, ni tampoco la posición de garante de quienes aparecen como investigado; expresan soluciones de futuro o atienden a los daños materiales”, ha sostenido la magistrada.
Con este telón de fondo, la juez añade que no aprecia ninguna relación con el objeto de la investigación la propuesta de las testificales de un responsable de Feria Valencia -el lugar donde se trasladaron los cuerpos de los fallecidos previamente a su entrega a los familiares- ni tampoco la del presidente de la Comunidad de Pescadores de El Palmar. Por lo que hace al primer caso, señala que no se explicita ni "se acierta a entender" qué relación tiene esa declaración con la investigación ni qué puede aportar, y en el segundo, no se justifica qué elemento de conexión puede tener en el análisis de los homicidios y lesiones imprudentes investigados.
Asimismo, la magistrada también ha rechazado la declaración como testigo del jefe de Mando de Apoyo Logístico del Mando de Tierra porque el hecho de que participara en la respuesta a la DANA "no esclarece ni aporta ninguna cuestión relevante a la forma en que se produjeron los fallecimientos y las lesiones".
Se amplía la ofensiva contra la juez
Estas dos nuevas citaciones se producen un día después de que la defensa de la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas haya ampliado la queja que presentó en mayo al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por la instrucción que está llevando a cabo la juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja.
La defensa de la exconsellera solicita ahora incluir en la queja formulada la denegación de la transcripción íntegra y literal de la declaración que hizo el 11 de abril “que se prolongó durante casi tres horas y en la que respondió a aproximadamente 140 preguntas”. Con ello, según alega la defensa en el comunicado emitido, "la transcripción oficial se ha limitado a una versión resumida de 10 folios, sin incluir las preguntas formuladas, ni determinadas citas legales y matices presentes en las respuestas, aspectos que consideramos relevantes para la defensa".
Por su parte, señala que, tras haber pedido la agrupación de las cerca de 40 acusaciones personadas en la causa, con el objetivo de "agilizar" el procedimiento, la instructora ha habilitado un plazo "inexistente" en la fase de instrucción para que las acusaciones populares y particulares manifiesten los indicios de responsabilidad penal que consideren que existen contra Pradas y el otro investigado, el ex secretario autonómico Emilio Argüeso.
En línea con la exposición de motivos, la defensa de la exconsellera sostiene que esta actuación puede conllevar “un juicio anticipado de culpabilidad impropio de la fase de instrucción”. Al respecto, recalca que ya se había concedido previamente un plazo de 15 días a las partes para pronunciarse sobre la agrupación solicitada. Así, con esta ampliación de la queja, se amplían los hechos ya comunicados ante el CGPJ el 14 de mayo de 2025 y que la defensa de Pradas considera que afectan a las garantías procesales y al derecho de defensa de la exconsellera.