Los fiscales generales progresistas llevarán el caso del fiscal general ante la ONU, una idea que ya venían arrastrando desde que salió la condena -no así la sentencia- hace más de dos semanas.

Era hace unos días que la Unión Progresista de Fiscales remitía una comunicación formal a la relatora especial de Naciones Unidas para la Independencia de Magistrados y Abogados, Margaret Satterthwaite, con el objetivo de poner en su conocimiento “la sucesión de irregularidades institucionales que se han producido en el procedimiento penal seguido contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz”.

El conjunto de profesionales aseguraba haber decidido dar este paso “excepcional”, que “nunca antes había sido necesario en democracia”, dado que el caso “presenta problemas estructurales que afectan no solo a los derechos del afectado, sino al funcionamiento de la justicia en España y a al confianza pública que la sostiene”.

“Los hechos observados no son meros desacuerdos jurídicos, sino anomalías que comprometen la independencia judicial, generan una aparente falta de imparcialidad y afectan al equilibrio institucional en un Estado de Derecho”, dejaban claro.

"Deslealtad a la democracia"

Félix Martínez González, portavoz de la Unión Progresista de Fiscales, señalaba en declaraciones en La noche en 24 horas durante una conversación con Xabier Fortes que “respetan” al máximo a la entidad judicial, y que este es el motivo que les lleva precisamente a la crítica, porque implica “fortalecer las instituciones”. “La verdadera deslealtad a la democracia no es discrepar, sino callar cuando existen dudas jurídicas legítimas sobre una resolución judicial”.

“Esto no va de sensibilidades (…) El análisis no es ese, sino si estamos de acuerdo con los estándares de inocencia que se han establecido en la sentencia, porque la sentencia es de condena, y si esos estándares se han rebajado o no conforme a la jurisprudencia del propio Tribunal Supremo y la doctrina del Tribunal Constitucional”, emitía.

“Y contundentemente se han rebajado en los tres principios básicos de principio de presunción de inocencia; en que la carga de la prueba recae en quien acusa, en que la culpabilidad debe quedar acreditada con certeza y no con probabilidad, y que toda duda razonable debe resolverse en favor del acusado y no en su contra (…) Y esto no lo decimos nosotros, sino dos magistradas del Supremo, por lo que la duda nace del corazón del órgano que lo ha condenado”, apuntalaba.

En un sentido similar, Javier Aroca, previamente y en su caso en Mañaneros 360, indicaba que el Alto Tribunal había necesitado 19 días “para un bodrio de sentencia”, la cual no tardaba en calificar de “sentencia insustancial e inconsciente”. “Va a ser un espectáculo verla navegar por Europa… Va a ser una vergüenza para el Tribunal Supremo”.

Hay que señalar que la Relatora contempla el mandato de Naciones Unidas de “supervisar, prevenir y denunciar situaciones que puedan suponer ataques -directos o indirectos- a la independencia de fiscales y jueces”. Asimismo, la Unión de fiscales acentuaba que “no es un gesto político”, sino un “mecanismo de protección institucional, amparado en los tratados de derechos humanos suscritos por España”.

De esta forma lo habrían descrito y documentado una serie de hechos que consideran “incompatibles con los estándares internacionales de independencia judicial” como puedan ser la acumulación de funciones decisivas en un círculo reducido de magistrados. A su vez, enumeran que los mismos jueces fueron quienes participaron de la admisión de las querellas, la valoración primera de indicios, el control de la instrucción, la revisión de decisiones clave y, por último, del enjuiciamiento.

Por todo ello, en el escrito señalado destacaron que la instrucción realizó medidas “extremadamente invasivas” con la orden de entrada y el registro de la Fiscalía General del Estado, así como el “volcado masivo de datos personales del investigado durante casi ocho meses, pese a que los hechos investigados se limitaban a 48 horas”.

También afearon que parte de la información incautada fuera posteriormente “filtrada a la prensa sin investigación judicial alguna sobre el origen de las filtraciones” y “comportamientos públicos impropios durante el juicio y la deliberación” como pueden ser “intervenciones en sala incompatibles con la neutralidad” o “comentarios jocosos”; lo mismo que el curso remunerado impartido en plena deliberación.

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