La condena al ex fiscal general amenaza con convertirse en un nuevo frente judicial para el Estado español en Europa. Las denuncias de vulneración de derechos fundamentales formuladas por la Abogacía del Estado sitúan el caso de Álvaro García Ortiz en una senda que podría acabar en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, una vez agotadas las vías internas de recurso.
La defensa del que fuera máximo responsable del Ministerio Público prepara en estos días un doble movimiento ante el Tribunal Supremo: la presentación de un incidente de nulidad contra la sentencia que le condenó a dos años de inhabilitación y una solicitud para suspender cautelarmente la ejecución del fallo mientras se resuelve ese trámite. Se trata de un paso imprescindible para poder acudir posteriormente al Tribunal Constitucional y, en caso de que este también rechace sus argumentos, abrir la puerta a una demanda ante la justicia europea.
La Abogacía del Estado sostiene que la condena vulnera derechos fundamentales recogidos tanto en la Constitución española como en el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Entre ellos, el derecho a la presunción de inocencia, el principio de legalidad penal y el derecho a un proceso con todas las garantías. Estas alegaciones, habituales en los recursos ante Estrasburgo, son las que han permitido en el pasado que el tribunal europeo condene a España por actuaciones de sus órganos judiciales.
Uno de los ejes más sensibles del futuro litigio es la supuesta falta de imparcialidad de parte del tribunal que juzgó al ex fiscal general. La defensa estudia incluir en su escrito la participación remunerada de tres de los magistrados que firmaron la sentencia en un curso organizado por el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, entidad que ejerció la acusación popular en el procedimiento. Las sesiones tuvieron lugar mientras el tribunal deliberaba sobre el fallo, un extremo que, según fuentes jurídicas, podría ser relevante desde el punto de vista de la “apariencia de imparcialidad”, un concepto clave en la jurisprudencia europea.
Aunque esta circunstancia no fue planteada en su momento mediante una recusación formal, la Abogacía del Estado considera que puede formar parte del conjunto de vulneraciones que justificarían la intervención del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. El propio Supremo ha señalado en resoluciones anteriores que la imparcialidad no solo debe existir, sino también parecerlo, un estándar que Estrasburgo ha desarrollado de forma especialmente estricta.
Dudas sobre cómo el tribunal interpretó las pruebas
Otro de los puntos que previsiblemente serán examinados en una eventual demanda europea es la valoración de la prueba. Durante el juicio, varios periodistas declararon que conocían el contenido del correo electrónico cuya filtración se atribuye a García Ortiz antes de que este llegara al propio afectado, un testimonio que la sentencia no consideró exculpatorio. La defensa entiende que esta interpretación vulnera la presunción de inocencia y el principio acusatorio, al condenar por unos hechos que, en fases previas del proceso, el propio Supremo había considerado que no tenían relevancia penal.
El incidente de nulidad que se presentará ante el Supremo tiene, no obstante, escasas probabilidades de prosperar. No se trata de un recurso en sentido estricto, sino de un mecanismo excepcional que permite denunciar vulneraciones de derechos fundamentales en una sentencia firme. La práctica habitual de la Sala de lo Penal es desestimar este tipo de incidentes, salvo en casos muy concretos. Aun así, su presentación es obligatoria para poder acudir después al Tribunal Constitucional.
En paralelo, la defensa ha solicitado la suspensión cautelar de la condena. El objetivo es evitar que se ejecute la inhabilitación y las sanciones económicas —una multa de 7.200 euros y una indemnización de 10.000 euros— mientras se resuelven las impugnaciones. Si el Supremo accede a esta petición, el cumplimiento del fallo quedaría en suspenso durante meses, o incluso años, dependiendo del recorrido posterior del caso.
Un historial que pesa en Estrasburgo
La dimensión europea del conflicto añade presión al Estado español. Una eventual condena en Estrasburgo no solo tendría consecuencias políticas y reputacionales, sino también económicas, ya que implicaría indemnizaciones y la obligación de revisar el procedimiento. España ya ha sido condenada en anteriores ocasiones por vulneraciones del derecho a un juez imparcial o del derecho a un proceso equitativo, lo que refuerza la estrategia de la defensa.
Mientras tanto, la Fiscalía afronta sus propias incógnitas internas. La actual fiscal general debe decidir si la condena penal implica también la expulsión definitiva de García Ortiz de la carrera fiscal, a la que pertenece desde los años noventa, o si opta por una sanción menos severa, como permite la normativa interna del Ministerio Público. Esta decisión, de enorme carga simbólica, se produce en un contexto de fuerte tensión institucional y con el foco puesto en el posible desenlace europeo del caso.
El recorrido judicial aún será largo. Primero, el Supremo deberá pronunciarse sobre el incidente de nulidad y la suspensión cautelar. Después, el Tribunal Constitucional tendrá la última palabra en el ámbito interno. Solo entonces, si las resoluciones no satisfacen a la defensa, el Estado español podría enfrentarse a un nuevo examen en Estrasburgo, donde no se juzgan personas, sino la actuación de los poderes públicos. Un escenario que convertiría una condena individual en un problema de alcance internacional.