La Audiencia de Navarra, amparada por la Ley Orgánica 10/2022 de Garantía Integral de la Libertad Sexual, comúnmente conocida como “ley del sólo sí es sí”, ha bajado de 15 a 14 años de prisión la condena para dos de los cinco miembros de La Manada penados por la violación grupal perpetrada en los Sanfermines de 2016, en Pamplona. La resolución, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), estima “jurídicamente obligado” adherirse a la doctrina jurisprudencial emitida en julio de 2024 por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que ratificó la rebaja decretada en septiembre de 2023 para el primero de los condenados.

Bajo este precedente, el de Ángel Boza, José Ángel Prenda y Jesús Escudero presentaron recursos de revisión de sus penas cuya resolución ha seguido el mismo cauce. El TSJN esgrimió que la sentencia original del Tribunal Supremo imponía una condena de 15 años, “próxima” o “cercana” al mínimo legal, reducido por la ley del sólo sí. Según expuso el citado tribunal, avalado por el Supremo, la pena máxima continuaba sin la más mínima alteración, pero la mínima se redujo a 14 años, 3 meses y 1 día, a 13 años.

Debido a que las penas impuestas excedían en dos años el mínimo establecido por la reforma, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), con un voto particular en desacuerdo, decidió reducir la pena de 15 a 14 años. Esta resolución fue confirmada por el Tribunal Supremo en julio de 2024.

A comienzos de este mes, el abogado defensor de los condenados presentó nuevos recursos de revisión, los cuales fueron enviados a las partes para su consideración. La fiscalía consideró que era adecuado aceptar los recursos, alineándose con el criterio del Tribunal Supremo. No obstante, tanto la acusación particular, en representación de la víctima, como las acciones populares emprendidas por el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona, se opusieron a la reducción de la pena.

Finalmente, la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra adoptó el mismo razonamiento que el TSJN y el Tribunal Supremo, estimando los recursos presentados por los condenados y reduciendo sus penas a 14 años de prisión.