La Audiencia Nacional ha condenado este lunes a cinco exalcaldes del PP, uno del PSOE y otro de un partido local en el marco de la trama Púnica por presunto amaño de contratos públicos a la empresa Cofely entre 2012 y 2014 en Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid y en Almendralejo (Badajoz). Asimismo, la sentencia absuelve a 8 de los 36 procesados y les impone penas bajas tras aplicarles varios atenuantes.

Con esta sentencia, la Audiencia Nacional condena a penas de prisión al exalcalde de Móstoles Daniel Ortiz Espejo, con una pena de tres años de prisión como autor de un delito de cohecho durante su mandado en esta localidad; al de Collado Villalba Agustín Juárez, con cuatro años y seis meses de prisión como autor de un delito de prevaricación con otro de cohecho; al de Moraleja de Enmedio Carlos Alberto Estrada, la misma pena que el anterior, por parte del PP; al de Serranillos del Valle, Antonio Sánchez Fernández (partido independiente), para quien la Sala impone una pena de dos años y 10 meses de prisión por fraude, prevaricación, cohecho, y tráfico de influencias; y al exalcalde de Parla José María Fraile, del PSOE, a quien el tribunal ha impuesto dos años de cárcel como autor de un delito de fraude, prevaricación y cohecho en relación de concurso ideal medial, así como a otros cuatro meses y 15 días de cárcel por tráfico de influencias. Asimismo, la Audiencia Nacional condena a prisión también a los hermanos Alejandro Utrila, exconcejal de Medio Ambiente de Móstoles; y Mario Utrila, exdiputado regional del PP y exalcalde de Sevilla La Nueva.

Al margen de los ex regidores, el tribunal condena a la pena de 8 años y 2 meses de cárcel al empresario y asesor comercial David Marjaliza por varios delitos de organización criminal, blanqueo de capitales, fraude a la Administración pública, prevaricación, cohecho y falsedad en documento mercantil, aunque le aplica las atenuantes de confesión tardía, dilaciones indebidas y reparación del daño. Por su parte, también impone 6 años de cárcel al entonces director general de Cofely Didier Roger Maurice y a los directores comerciales Constantino Álvarez y Pedro García.

"En definitiva, lo que resulta de la valoración conjunta de la prueba practicada es que los empleados de Cofely implicados en estos hechos desarrollaron la mecánica delictiva involucrando a varios departamentos de la compañía durante tres años, sin que encontraran ninguna traba, al revelarse como ineficaces las medidas anticorrupción proclamadas formalmente pero que no se desarrollaron en orden a prevenir y detectar", reza la sentencia. Los magistrados, no obstante, absuelven de los delitos de los que estaban acusados a los exalcaldes de Almendralejo José García Lobato y de Valdemoro José Carlos Boza Lechuga.

En el mismo orden de cosas, según la sentencia, los acusados de Cofely y Marjaliza actuaron a través de su grupo de sociedades instrumentales y testaferros como una organización criminal que tuvo una planificación integral, con vocación de permanencia e interviniendo en los ayuntamientos con el objetivo de obtener la adjudicación de contratos de eficiencia energética en esos consistorios, participando en varios concursos a la vez en los que ofrecía o aceptaba acuerdos de corrupción con las autoridades y técnicos que adjudicaban.

La sentencia contempla atenuantes en 12 acusados

Al hilo de todo ello, por lo que respecta a las atenuantes, el tribunal aplica la atenuante de confesión tardía para una docena de acusados, entre ellos Marjaliza y los principales responsables de Cofely.

Al respecto, considera acreditada su colaboración real, activa y eficaz para esclarecer los hechos, en tanto no se han limitado a expresar un mero reconocimiento formal, sino que han explicado en respuesta al interrogatorio de las partes cómo sucedieron, así como su participación y la de otros acusados.

En el caso de las dilaciones indebidas, el tribunal incide en que el caso se inició el 18 de junio de 2014 y se ha sentenciado once años después, por lo que excede del tiempo razonable de respuesta.

A varios de los acusados les aplica también la atenuante de reparación del daño por haber entregado diversas cantidades económicas para resarcir el daño causado.

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