La Justicia madrileña ha fallado en contra de Hazte Oír. La Audiencia Provincial de Madrid ha avalado la retirada de la conocida como “lona de la vergüenza” que retrataba al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, como un “corrupto” frente a las puertas del Congreso de los Diputados, en la Carrera de San Jerónimo de Madrid.

De esta manera, la Justicia ha rechazado el recurso presentado por la organización de extrema derecha y ultracatólica, dándole la razón al Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid que falló en la misma dirección. Ahora, la Audiencia de Madrid aprecia que “la valoración de la resolución adoptada” en instancia “se considera suficientemente motivada”, reiterando que el primer juzgado estimó que las expresiones que se reflejaban en el cartel, “corrupto”, “tenían una significación lesiva del honor del presidente del Gobierno”.

El juzgado madrileño, horas después de la colocación de la polémica lona el 20 de mayo de 2025, ordenó su retirada al considerar que suponía “un exceso en el ejercicio de la libertad de expresión” y que su contenido era “claramente lesivo” para Sánchez. Una postura que desencadenó una batalla legal entre Moncloa y Hazte Oír, que declinó con el archivo de la causa en un primer momento.

Cabe recordar que, durante la investigación, el propio Sánchez se personó como perjudicado mientras la causa permaneció abierta. En la parte contraria, Hazte Oír argumentó que no se cumplían los requisitos legales para investigar la lona de grandes dimensiones, pidiendo entonces un acto previo de conciliación al fallo y una querella formal. Sin embargo, el juzgado de instrucción reiteró que se trataba de un posible delito público, no de corte privado como venían defendiendo.

Por medio de un auto, el juez justificó esta decisión en respuesta a la medida cautelar que reclamó la portavoz adjunta del Grupo Socialista en la Cámara Baja, Begoña Nasarre, tras la denuncia que presentó por presuntos delitos de injurias y calumnias con publicidad cometidos contra el jefe del Ejecutivo central. Los socialistas, entonces, siguieron denunciando que la imagen seguía circulando en autobuses de la organización ultra cerca de la sede central del partido en la calle Ferraz, frente al Congreso o frente a la Asamblea de Madrid, entre otras instituciones públicas.

El PSOE alegó a su vez que actuaciones de este calibre se enmarcaban dentro de una “campaña de acoso y derribo” hacia Sánchez propulsada por “la derecha y ultraderecha” nacionales.

Fallo del juez

Tras la retirada de la lona en cuestión de horas, y tras determinar la naturaleza jurídica y legal de los hechos, el juez de instrucción esgrimió: “El uso de la expresión 'corrupto' en una lona de grandes dimensiones, acompañando a la imagen del presidente del Gobierno, la creación de una página web denominada 'elcapo.org', así como la utilización de la nomenclatura bajo la que son conocidos popularmente distintos procedimientos judiciales atribuidos a la jurisdicción penal forman un conjunto de carácter claramente lesivo para la reputación de Pedro Sánchez, que podría suponer un exceso en el ejercicio de la libertad de expresión susceptible de constituir un ilícito penal”, falló entonces.

Sumado a esta postura, añadió que el hecho de que el gran cartel se colocase justo en frente del Congreso logró “dar mayor repercusión” al mensaje que se pretendía difundir: “La ubicación también refuerza el contenido atentatorio contra el prestigio del sujeto pasivo, en tanto es éste el lugar donde ejerce su función de diputado y es sometido al control” de la Cámara.

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