Madrid Central estrena 2020 con recorte de perimetro y con la prohibición de aparcar a los vehículos más contaminantes (los diésel matriculados antes de 2006 y los gasolina antes de 2000) en garajes privados y con limitaciones a los industriales de MMA menor o igual a 3.500 kilogramos, a excepción de los A, a los que no se les permite la entrada a la zona de bajas emisiones.

Los vehículos más contaminantes no podrán aparcar desde el 1 de enero ya no sólo en los aparcamientos públicos sino tampoco en las plazas de garajes particulares o de residentes situados en este ámbito. Sólo se les permite el acceso si disponen de alguna condición que pueda ser autorizable, como que pertenezca a una persona empadronada en el distrito de Centro o traslade a personas de movilidad reducida.

Esta misma limitación y excepcionalidad afecta a los vehículos A con MMA igual o inferior a 3.500 kilogramos, empleados para realizar urgencias de suministros de agua, electricidad, gas y telecomunicaciones en la vía pública dentro del perímetro.

Desde el 1 de enero no se permite a las personas empadronadas en la zona la posibilidad de gestionar invitaciones de acceso a la zona de bajas emisiones para vehículos sin distintivo ambiental.

Dos calles por las que se volverá a circular

Otras de las medidas que tienen efecto ya afecta a las calles Mártires de Alcalá y Seminario de Nobles, un tramo de 100 metros, que se se convierte en vías de libres circulación. La decisión se adopta, según el alcalde, José Luis Martínez-Almeida, para "facilitar el tránsito de los que suben por la calle Princesa desde la plaza de España con destino a Alberto Aguilera y favorecer la comunicación del barrio de Argüelles y la circulación desde Princesa a Gaztambide y Arapiles". Con este cambio también disminuirán los recorridos que actualmente se realizan desde la calle Princesa para poder hacer el giro en Alberto Aguilera rebajando el tráfico en ambas vías.

Coches de autoescuela y traslado de estudiantes

Los coches de autoescuela con distintivo ambiental B no podrán realizar prácticas en el interior de la zona desde el 1 de enero aunque estos negocios se ubiquen en el distrito. Y las motos, ciclomotores y triciclos que prestan servicios de mensajería y reparto a domicilio con etiqueta B y C han visto ampliado su acceso hasta la medianoche. Las CERO y ECO ya podían acceder más allá de esa hora.

El Ayuntamiento también ha dado luz verde a la prórroga de un año para el acceso a los que tienen clasificación ambiental A en aquellos supuestos en los que concurren razones excepcionales que lo aconsejan para satisfacer las necesidades del tejido social y productivo de la ciudad, así como los horarios de acceso de los de distribución urbana de mercancías.

Se prorroga el acceso a diferentes tipologías de vehículos con categoría ambiental A, como grúas y vehículos taller y auxilio en carretera; los de tipo turismo de los establecimientos de comercio, restauración y hostelería ubicados en el interior de Madrid Central, o vehículos especiales como militares, portacontenedores, portavehículos, basculantes, blindados, funerarios, RTV, grúas de arrastre, hormigoneras, extractores de fangos, autobombas, bombas de hormigonar, perforadoras, excavadoras, compactadores vibratorios, compactadores estáticos, riegos asfálticos y pintabandas. También a los que lleven y recojan a los alumnos de las escuelas infantiles, colegios e institutos de educación infantil, primaria y secundaria; los tipo turismo de personas trabajadoras en la zona cuya hora de inicio o de fin de la jornada laboral esté comprendida entre las 24 horas y las 6.30 horas; los que accedan a los talleres de reparación ubicados en el área y aquellos propiedad de los abogados del servicio de guardia del turno de oficio para acceder a las comisarías de Policía ubicadas en los distritos de Centro y Retiro, hasta el día 31 de diciembre de 2020.

Igualmente afecta a los servicios públicos esenciales y los de las administraciones públicas y sus contratistas, rotulados o no, podrán acceder más allá del 31 de diciembre de este año cuando el prestador justifique la imposibilidad de ofrecer el servicio con otro tipo de vehículo, bien porque le vincule un contrato durante su vigencia o porque no exista ese tipo de las categorías 0 emisiones, ECO, C o B.