La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 2 años y 9 meses de cárcel dictada contra un coronel por un delito de abuso sexual y abuso de autoridad. cometidos contra una teniente mientras ambos trabajaban en el Hospital Militar Central de la Defensa, conocido como Gómez Ulla.

La Sala Quinta ha desestimado el recurso de casación planteado por el coronel contra la sentencia del Tribunal Militar Central que le impuso dicha pena junto a las accesorias de inhabilitación de suspensión militar de empleo y de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, ambas por el tiempo de duración de la prisión, además del pago de una indemnización de 5.000 euros por el daño moral causado a la mujer.

Los hechos, según la sentencia

El coronel era jefe de la Farmacia de la Inspección General de Sanidad de la Defensa, situada en el hospital Gómez Ulla y la teniente trabajaba como enfermera en el servicio de urgencias de ese hospital militar. Según el sumario del caso, "ambos entablaron una relación de amistad y compañerismo", que "no tenía otras connotaciones ni había dado origen a equívocos" y su trato se limitaba a las veces que ella acudía a la farmacia para hacer compras para ella u otros colegas del servicio de urgencias.

En una de esas visitas a la farmacia, el coronel se dirigió a la teniente con frases como: "¡Que buena estás!, ¡estás para comerte!". según el fallo. En una de esas ocasiones, cuando ella se despedía con dos besos en la mejilla, "como hacía con todos sus conocidos" y otro personal de la farmacia del hospital, él movió la cara para que el segundo beso fuera cerca de la boca. La mujer consideró que todo eso era inapropiado, pero no le dio más trascendencia en ese instante.

Tocamientos 

El 24 de julio de 2019, cuando ambos estaban en el sótano del almacén de la farmacia, a donde él le pidió que le acompañara para darle unos tubos de protección solar, el coronel besó en la boca a la teniente. Ella se apartó enseguida y le aclaró que no quería nada con él y que, además, tenía familia. El hombre fue más allá y le tocó uno de sus pechos y la besó en la boca, dejando a la teniente en estado de "shock". Afortunadamente fueron interrmpidos por una capitán.

El coronel no cejó en su empeño y poco después pidió a la teniente que fuera a su despacho. Ella acudió porque pensó que era para disculparse, sin embargo, cuando entró volvió a asirla, la besó en la boca y le tocó los genitales por encima de la ropa, tras lo cual la mujer se apartó y salió de la habitación.

"Sus besos y manoseos forzados me dan asco"

La teniente contó lo ocurrido a la capitán, a una teniente coronel y a la supervisora de enfermería. En medio de esto, el coronel le escribió un mensaje de WhatsApp donde decía que habían sido unos "besos maravillosos" y que quería "miles". Horas después ella contestó: "Sus besos y manoseos forzados me dan asco". Y subrayó que "lo peor" es que había utilizado su graduación sabiendo que ella siempre sería la perjudicada.

Aquel mismo día, el coronel pidió a la teniente "mil perdones" y le aseguró que "no volverá a suceder. Eres tan guapa, pero si no está bien, lo siento mucho. Repito, perdón". Sin embargo, en los próximos días le envió nuevos mensajes donde decía que había cometido un "error" porque de la "ilusión" pasó al "impulso" y que esperaba que se le pasara "pronto" el "enfado". La teniente no contestó.

El Supremo avala la sentencia que consideró "impecables" el hilo argumental y detallada exposición" de la sentencia recurrida, que dio credibilidad a la versión ofrecida por la teniente, y respaldada por testimonios, pruebas periciales y mensajes de WhatsApp, considerando en consecuencia que constituía prueba de cargo suficiente para dictar condena por abuso de autoridad y abuso sexual.

La defensa del coronel: "Me porté como un caballero"

El Alto Tribunal sentencia que "se ha producido un acto de abuso sexual del superior (un coronel) sobre una oficial inferior en empleo (una teniente), vulnerándose dos bienes jurídicos, la disciplina y la libertad o indemnidad sexual de la víctima", y recuerda que "el delito de abuso de autoridad abarca cualquier agresión o violencia física de un superior a un inferior susceptible de causar una perturbación anímica o corporal, con o sin menoscabo de la integridad o salud física o moral de la víctima, bastando para que el hecho sea antijurídico la concurrencia del dolo genérico de acometer a un inferior".

En su defensa, el coronel negó las expresiones de contenido sexual que había proferido a la mujer, reconoció que se habían besado pero sólo una vez y de forma consentida e intentó mostrarse como víctima. "Traté de portarme como un caballero", afirmó el militar, que atribuyó el caso a "una trama para imputarme" con una "inventiva narrativa" de alguien que está "en tratamiento psicológico".

No hubo tal conspiración

El Tribunal Supremo suscribe los argumentos del Tribunal Militar que desestimó las alegaciones del coronel: "No pudo existir una conspiración, pues la teniente refirió, inmediata y sucesivamente, lo ocurrido a cuatro personas distintas, que no consta se conocieran entre sí, por lo menos todas, y que, en dos de los casos, no eran amigas suyas, sino que mantenían con una de ellas una relación médico-paciente o de superioridad jerárquica".

El tribunal refiere, además, que "ha de quedar absolutamente extramuros de la presente resolución cualquier consideración sobre posibles alteraciones psíquicas sufridas por la víctima" al ser ajenas a este asunto, en la línea con la sentencia del tribunal militar, que estimó que si bien la teniente seguía un tratamiento psicológico y psiquiátrico antes de que se produjeran los hechos, estas cuestiones "no afectaron a la percepción de la realidad de los acontecimientos vividos".