El lotero Manuel Reija ha sido condenado a tres años y seis meses de prisión tras ser acusado de apropiarse de una Primitiva premiada con 4,7 millones de euros en A Coruña. La sección segunda de la Audiencia Provincial ha dictado sentencia en un fallo fechado el 10 de junio, el cual se ha hecho público este jueves. Según traslada el texto, la justicia ha considerado al lotero de responsable de un delito de estafa agravada, apreciando además la atenuante de dilaciones indebidas.

La resolución judicial ha establecido también la obligación de que el condenado abone, de forma conjunta y solidaria con Loterías —también condenada en el procedimiento—, la cantidad de 4,7 millones de euros correspondiente al premio del sorteo celebrado el 30 de junio de 2012. Asimismo, el tribunal ha absuelto a su hermano de los delitos de encubrimiento y blanqueo de capitales. No obstante, cabe destacar que el fallo no es firme y puede ser recurrido en casación ante el Tribunal Supremo.

Según los hechos probados recogidos en la sentencia, el boleto premiado fue entregado al lotero dentro de un conjunto de apuestas que le facilitó José Luis Alonso, el afectado fallecido en enero de 2014 y que nunca llegó a conocer el resultado de aquella jugada. Es como consecuencia de la intervención de la Policía el motivo por el que la familia se entera de lo ocurrido y decide reclamarlo posteriormente.

Y es que todo comenzó cuando el apostante entregó los resguardos al lotero “confiando en que realizase el procedimiento correspondiente a cualquier administración de loterías, es decir, que introdujese en el terminal correspondiente los diferentes boletos y le comunicase su resultado, con la devolución de los mismos si procediese”.

Sin embargo, la Audiencia ha comprobado que el acusado, al detectar que uno de los boletos estaba premiado con una gran cantidad, decidió apartarlo del resto y guardarlo en una zona interior de la administración. Ante este planteamiento el propio lotero defendió otra versión, asegurando que los boletos habían sido abandonados en el mostrador. A pesar de que, en realidad, según señala la sentencia, la víctima abandonó el local “en la creencia errónea de que el resguardo no había obtenido premio alguno, sin el boleto y sin justificante alguno de premio”.

De igual forma, la sentencia también añade que, pocos minutos después, el acusado volvió a revisar el conjunto de apuestas junto a otros boletos que aún tenía en su poder. “Minutos después, el acusado realizó una segunda comprobación del boleto agraciado junto con otros boletos entregados por el apostante que también tenía en su poder y que no resultaron agraciados, con el fin de asegurarse de la categoría superior del premio y por tanto de su alto importe, así como de separar físicamente el boleto premiado al haberlo guardado junto con los demás entregados”, recoge el fallo.

Posteriormente, el lotero acudió a su hermano, Miguel Reija, entonces delegado provincial de Loterías en A Coruña, a quien mostró el boleto premiado. Según la sentencia, este se lo devolvió “en la creencia errónea de que su hermano había encontrado el boleto y a la espera de que el legítimo poseedor pudiera reclamarlo a la tarde”. La Audiencia considera probado que Miguel Reija desconocía la verdadera procedencia del hallazgo, convirtiéndose así en el motivo por el que ha sido absuelto.

Desde el tribunal se ha descartado aquellas acusaciones que apuntaban a una posible “ideación de maquinación entre los dos hermanos para cobrar el boleto, partiendo de la hipótesis de que existía una confabulación previa entre ambos”. En la misma línea también han rechazado la idea de que el premio perteneciera a otro reclamante, Manuel Ferreiro, al considerar más coherente la versión vinculada a las apuestas habituales del fallecido Alonso y a su forma de jugar durante sus viajes del Imserso.

Las consecuencias del premio

El caso llegó a generar una gran controversia provocando que más de 300 personas llegasen a reclamar la propiedad del billete premiado. Muchos incluso invirtieron dinero en procedimientos legales para intentar demostrar su titularidad. Sin embargo, las investigaciones descartaron a todos los aspirantes tras comprobar inconsistencias en los sellados de los boletos y reconstruir el recorrido real de la apuesta. Finalmente, se determinó que el verdadero titular era Alonso, un jubilado fallecido en 2014 que realizaba estas jugadas sin conocimiento de su entorno familiar, lo que explica que sus familiares desconocieran la existencia del premio.

La Sala también ha subrayado una serie de indicios que, a su juicio, refuerzan la versión condenatoria, como la repetición inmediata de apuestas idénticas tras la comprobación del boleto, algo que solo habría sido posible con el apostante presente. “La lógica nos lleva a la deducción anterior, que tras apoderarse con engaños de la serie de boletos aportada por el apostante intentó cobrar el premio incluso engañando a su hermano”, recogen los magistrados.

En cuanto a la defensa del lotero, este alegó que el boleto era un simple documento al portador susceptible de cobro directo, pero aún así la sentencia lo ha rechazado explicando que la comunicación de un supuesto hallazgo como objeto perdido buscaba dotar de apariencia de legalidad a su actuación.

Finalmente, el tribunal ha determinado que la versión del acusado resulta incompatible con la práctica habitual de una administración de loterías: “Sería extremadamente sospechoso pues que un titular de una administración cobrara un boleto sellado en otra administración distinta a la suya y de la misma ciudad, lo que llevó al ahora acusado a urdir la trama del boleto encontrado que no tuvo el desenlace que él pensaba pues como el mismo manifestó, no tenía ni idea de que existía el expediente de hallazgo ni que era necesario la identificación del perceptor del premio”.

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