La batalla judicial entre Shakira y la Agencia Tributaria española ha llegado a su fin con una resolución histórica. La Audiencia Nacional ha dado la razón a la artista colombiana y ha anulado por completo las liquidaciones fiscales y sanciones impuestas por Hacienda correspondientes al ejercicio fiscal de 2011, concluyendo que no existió fraude y que la cantante no fue residente fiscal en España durante ese periodo.

La clave de la sentencia: Shakira no residió más de 183 días en España

El tribunal ha respaldado la defensa sostenida por el equipo legal de la artista desde el inicio del proceso: en 2011, Shakira estaba inmersa en una gira mundial con 120 conciertos en 37 países, lo que imposibilitaba que cumpliera el mínimo legal de permanencia en España para ser considerada residente fiscal.

La propia sentencia establece que Hacienda solo logró acreditar, como máximo, 163 días de presencia, una cifra insuficiente para justificar obligaciones tributarias completas en el país. Además, la Audiencia rechaza el argumento de las llamadas “ausencias esporádicas”, utilizado por la Agencia Tributaria para reforzar su acusación.

El fallo subraya igualmente que el núcleo principal de actividades económicas de Shakira no se encontraba en territorio español, desmontando así otra de las bases de la acusación fiscal. Según la resolución, las sociedades vinculadas a la cantante estaban radicadas fuera de España, al igual que el grueso de su actividad económica durante ese ejercicio.

Hacienda deberá devolver 60 millones de euros con intereses

Como consecuencia de la sentencia, la Agencia Tributaria tendrá que devolver a Shakira aproximadamente 60 millones de euros retenidos indebidamente, correspondientes a capital de trabajo y gastos derivados de su gira internacional, además de asumir intereses y costes legales. Así lo explican desde su equipo jurídico: "Bajo el pretexto de unas obligaciones fiscales que los tribunales han demostrado que nunca existieron, Hacienda retuvo a Shakira indebidamente durante años 60 millones de euros, fondos que correspondían precisamente al capital de trabajo y a los gastos de esa gira mundial. Mediante esta resolución, el tribunal ordena a la Administración devolver íntegramente dicha cantidad a la cantante, junto con los intereses correspondientes y el reembolso total de los elevadísimos costes legales asumidos por la artista". 

El tribunal también condena en costas a la AEAT, una medida excepcional que suele aplicarse únicamente cuando se considera que la actuación de la Administración ha sido temeraria o carecía de base suficiente. Asimismos, los servicios jurídicos de la colombiana señalan: "La acusación carecía tan claramente de lógica o base fáctica, y la retención de esos fondos fue un abuso tan absoluto, que la Audiencia Nacional adoptó una medida excepcional: condenar en costas a la AEAT. Se trata de una sanción que el poder judicial aplica únicamente cuando aprecia temeridad y una absoluta falta de fundamento por parte de la administración tributaria"

Un precedente judicial de gran impacto

La resolución supone uno de los mayores reveses judiciales recientes para Hacienda en materia de persecución fiscal a grandes figuras públicas.

Tras años de exposición mediática, filtraciones y desgaste reputacional, Shakira cierra así uno de los capítulos más complejos de su carrera pública, reforzando la postura que siempre defendió: nunca existió fraude fiscal en el caso de 2011.

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