España

Vox se querella contra Adif por presunto delito de homicidio imprudente y lesiones por el accidente ferroviario de Urda

Se dirige a los responsables de Adif, al operador u operadores del Puesto de Mando y a sus superiores jerárquicos inmediatos en el turno

Vox se querella contra Adif. EP
Vox se querella contra Adif. EP

Vox ha presentado una querella contra los responsables de Adif por delitos de homicidio imprudente y lesiones imprudentes ante los hechos acontecidos en el accidente ferroviario de Urda. Tal y como se recoge en el documento presentado en representación Vox ante al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Orgaz (Toledo), la querella se presenta en ejercicio de acción popular.

Se dirige la misma contra los responsables de Adif, y, en particular, contra el operador u operadores del Puesto de Mando de Circulación de Atocha que autorizaron la reanudación de la marcha de los trenes tras el fallo del sistema LZB.

Asimismo, esta querella va contra sus superiores jerárquicos inmediatos en el turno y contra quienes, dentro de la entidad, "tuvieran atribuida la definición, la implantación y la supervisión del procedimiento de operación en situación degradada y la seguridad en la circulación en el tramo".

En el escrito se indica que la identidad completa de estos responsables se desconoce y se pretende determinar mediante las diligencias que se interesan, por la presunta comisión de un delito de homicidio imprudente del artículo 142 del Código Penal y de delitos de lesiones imprudentes del artículo 152 del Código Penal, en concurso, así como de cuantos otros resulten de la investigación.

Es por ello que se solicita por parte de Vox incoar diligencias previas y practicar las diligencias de investigación interesadas. Se requiere a Adif para que, en el plazo más breve que el Juzgado fije, identifique con nombre, apellidos, puesto, categoría profesional y habilitación a los operadores, jefes de turno y responsables de circulación del Puesto de Mando de Atocha que prestaron servicio entre las 7.00 y las 11.00 horas del día de los hechos.

Diferencia con Angrois

El querellante dice que, "consciente de que la Audiencia Provincial de A Coruña absolvió en enero de 2026 al exdirector de Seguridad en la Circulación de Adif por el accidente de Angrois", en el caso de Urda "es distinto".

"Aquí se investiga, en primer término, una decisión operativa adoptada en tiempo real por quienes tenían la gestión directa de la circulación y capacidad inmediata para imponer o no la marcha a la vista, y, en segundo término, la eventual falta de procedimientos, formación o supervisión de esa decisión por parte de quienes debían garantizarlos".

Esta querella se dirige, en el seno de Adif, contra el operador u operadores del Puesto de Mando de Circulación de Atocha que, tras el fallo del sistema LZB registrado a las 8.32 horas, habrían autorizado a todos los trenes a reanudar la circulación con normalidad, así como las demás personas del puesto que intervinieron en la gestión de la incidencia.

También contra el jefe o jefes de turno y los responsables de circulación del Puesto de Mando de Atocha que dirigieran y supervisaran la actuación de los operadores en ese turno, y quienes en la cadena de mando de circulación de Adif debieran haber ordenado o controlado la aplicación del procedimiento de operación degradada.

Asimismo, Vox se reserva la facultad de ampliar la presente querella frente a las demás personas, físicas o jurídicas, que resulten responsables a la vista de la investigación, y de ejercitar la acción civil que corresponda.

En el escrito se indica que la identidad completa de estos responsables se desconoce y se pretende determinar mediante las diligencias que se interesan, por la presunta comisión de un delito de homicidio imprudente del artículo 142 del Código Penal y de delitos de lesiones imprudentes del artículo 152 del Código Penal, en concurso, así como de cuantos otros resulten de la investigación.

Diligencias de investigación

Es por ello que se solicita por parte de Vox incoar diligencias previas y practicar las diligencias de investigación interesadas. Se requiere a Adif para que, "en el plazo más breve que el Juzgado fije", identifique a los operadores, jefes de turno y responsables de circulación del Puesto de Mando de Atocha que prestaron servicio entre las 7.00 y las 11.00 horas del día de los hechos.

Se requiere además a Adif la aportación del cuadrante de turnos del Puesto de Mando de Atocha, del libro de incidencias y de las grabaciones de voz y los registros de las comunicaciones entre el puesto, los trenes implicados, los responsables de circulación y cualquier otro interlocutor desde el fallo del LZB hasta la colisión.

Se solicita al juzgado que, al incoar las diligencias previas, acuerde de oficio y con "carácter urgentísimo" la inspección y delimitación del escenario; la protección inicial y conservación selectiva del material físico; el inventario, depósito y cadena de custodia; la conservación inmediata de registros electrónicos y operativos, la ejecución de la preservación digital y adquisición forense y la documentación técnica, originales y control de versiones.

Además del control de accesos y registro de intervenciones y órdenes, la coordinación con la investigación técnica de seguridad, el salvamento, seguridad inmediata y liberación progresiva así como la notificación, control de ejecución y seguimiento.

Vox se ofrece a prestar la fianza que el juzgado determine para responder de las resultas del juicio, y solicita que su cuantía se fije atendiendo a la naturaleza del querellante y a la finalidad de interés general de la acción popular.

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