La primera sanción en España a un juez por el uso indebido de la inteligencia artificial ya es una realidad. Tal y como ha dado a conocer Voz Populi, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó este lunes imponer una multa de 1.000 euros a un magistrado de una audiencia provincial que utilizó ChatGPT para redactar el borrador de una sentencia. El caso salió a la luz de forma casi fortuita, ya que el propio juez olvidó eliminar del texto final las consultas realizadas a la herramienta, lo que evidenció el uso de la IA en un documento judicial.

La resolución pone fin a un expediente disciplinario que inicialmente contemplaba sanciones mucho más severas. El magistrado se enfrentaba a una multa de hasta 6.000 euros y a una posible suspensión de tres años. Sin embargo, el Promotor de la Acción Disciplinaria propuso finalmente una sanción más moderada: 15 días de suspensión y una multa de 1.000 euros. La Comisión Disciplinaria del CGPJ ha optado por calificar la conducta como “grave”, descartando que alcanzara la categoría de “muy grave”.

La sanción se fundamenta en el artículo 418.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que tipifica como falta grave la revelación de hechos o datos conocidos en el ejercicio de la función judicial fuera de los cauces establecidos. Según el CGPJ, el uso de ChatGPT implicó precisamente ese riesgo, al introducir en una herramienta externa información procedente de actuaciones judiciales.

No obstante, la Comisión Disciplinaria ha rechazado sancionar al juez por una infracción muy grave, que habría implicado una acusación de “ignorancia inexcusable” en el ejercicio de sus funciones. El órgano ha considerado probado que el magistrado utilizó la inteligencia artificial “como auxilio y complemento”, pero no como sustitución de su labor jurisdiccional, un matiz clave para rebajar la gravedad de la sanción.

Durante la instrucción del expediente, la Fiscalía defendió incluso el archivo del caso al considerar que los hechos no constituían infracción disciplinaria. Sin embargo, el promotor sostuvo que el juez había presentado al resto del tribunal una “aparente sentencia” cuya argumentación estaba basada en el análisis realizado por ChatGPT a partir de la documentación que él mismo había proporcionado. El reproche, por tanto, no se centraba en el uso de la herramienta en sí, sino en el hecho de que se empleara para eludir la responsabilidad de motivar jurídicamente la resolución.

Este caso no es aislado en el ámbito jurídico español. También los abogados han sido sancionados por el uso indebido de la inteligencia artificial. En febrero, un letrado en Canarias fue multado con 420 euros tras incluir 48 citas falsas en un recurso de apelación, generadas presumiblemente mediante IA. Un mes después, otra abogada presentó un escrito con referencias a sentencias inexistentes, aunque en ese caso no se impuso sanción.

Ante estos precedentes, el CGPJ ya había tomado medidas. El pasado 28 de enero aprobó una instrucción específica sobre el uso de inteligencia artificial en la carrera judicial. En ella, el órgano de gobierno de los jueces dejó claro que la IA no puede dictar sentencias, ni valorar pruebas o hechos, ni aplicar el derecho sin un control humano “constante, real, consciente y efectivo”.

La normativa también prohíbe que estas herramientas sustituyan a los jueces en funciones esenciales como la responsabilidad jurisdiccional, la independencia judicial o la protección de los derechos fundamentales. Además, establece que solo pueden utilizarse aplicaciones autorizadas por las administraciones competentes y previamente supervisadas por el propio CGPJ.

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