El juez Juan Carlos Peinado, que instruye la causa contra Begoña Gómez, recibió este lunes un nuevo varapalo, esta vez de la Audiencia de Madrid, que anuló su decisión de llevar a la mujer del presidente del Gobierno ante un jurado popular. Este se suma a la larga lista de negativas que las instancias superiores le han dado a las maniobras del instructor para estirar la causa lo máximo posible. El empeño de Peinado con la esposa de Pedro Sánchez provoca mucho recelo en la judicatura, como ha manifestado este mismo lunes el que fuera letrado del Tribunal Constitucional Joaquín Urías.
El jurista ha resumido en una frase su sensación ante las maniobras del juez que investiga a Begoña Gómez: "El sainete del juez Peinado cada día da más vergüenza", arranca su mensaje en la red social X. Urías lamenta que ni los varapalos de las instancias pueden revertir los efectos de la criticada instrucción del magistrado: "El abuso del poder de instrucción tiene difícil arreglo, por mucho que la Audiencia lo desautorice después", prosigue.
El ahora profesor de Derecho contestaba en ese mensaje a la noticia del demoledor escrito de la Audiencia de Madrid, que subraya que Peinado no justificó de forma suficiente sus argumentos para decretar el avance procesal y ordena retrotraer las actuaciones a un momento previo a la transformación del procedimiento en el del tribunal del jurado. "El daño a la confianza en la imparcialidad de la justicia simplemente no tiene arreglo", lamenta Urías.
La Audiencia de Madrid vuelve a corregir a Peinado
En el documento, los magistrados de la Audiencia Provincial concluyen que no es suficiente con aludir de forma "genérica" a la existencia de indicios. Por ello, añaden que es necesario señalar qué conductas se atribuyen a cada investigado, así como la base indiciaria que sustenta la imputación de delitos como malversación o tráfico de influencias. "No es de recibo indicar, tras año y medio de instrucción, que para la incoación del procedimiento basta la mera verosimilitud y qué esta ya ha sido avalada en diversas ocasiones por la esta Sala, respecto de unos hechos que presentaban base objetiva suficiente, pero en absoluto ha podido anticipar la consistencia de tesis hasta el punto de hablar de indicios racionales de criminalidad", reza el escrito.
De la misma forma, los magistrados de la Audiencia de Madrid añaden que "los cuatro autos que se comprenden en esta resolución, carecen de la necesaria fundamentación, únicamente se mencionan las personas contra las que se dirige, pero no se hace un relato que comprenda los indicios verosímiles a los que hacemos referencia, consecuentemente". "Se vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva, situación a la que es de aplicación, la doctrina que emana de las sentencias (STS 72/2009, de 29 de enero; 26-7-2011, nº 857/2011), relativas al derecho fundamental a la tutela judicial efectiva,que incluye la de obtener una resolución debidamente motivada", agregan.
Cabe remarcar que la Audiencia se limita a revisar la actuación procesal de Peinado y pone de relieve que cualquier decisión que implique avanzar el procedimiento debe estar motivada, así como permitir a las partes conocer con precisión los hechos que se les atribuyen.