Tras conocer la condena este lunes del Tribunal Supremo sobre el 'caso mascarillas', por la que el exministro de Transportes, Jóse Luis Ábalos; su exasesor ,Koldo García; y el empresario y conseguidor de la trama Víctor de Aldama, el Gobierno central ha reaccionado en clave de condena contra los comportamientos de los principales condenados. "Somos un Gobierno que cree en la transparencia, el mérito y la integridad como principios vertebradores del servicio público. A lo largo de estos años, hemos construido equipos, actuado, e impulsado numerosas leyes y regulaciones en virtud de ello", han trasladado fuentes de Moncloa al respecto.
En estos términos, desde el Ejecutivo de Pedro Sánchez han matizado: "Por eso lamentamos y condenamos sin matices unos comportamientos que claramente han atentado contra esos principios. Y nos comprometemos a seguir trabajando para construir una España ejemplar en la que la corrupción no sea aplaudida ni tolerada".
Entre otras voces del Gobierno en las últimas horas, el actual ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, Óscar Puente, sí que se ha pronunciado con un tono más duro contra la sentencia judicial, percibiendo que es “aleccionadora”, cargando a su vez contra el “perdón” otorgado a Aldama. “¿Lo veis, niños? Si cometéis delitos, pero luego os portáis bien y 'colaboráis', el perdón se abrirá paso y con que nos presentéis un informito de nada ni entráis en prisión. Es una sentencia tremendamente aleccionadora”, ha compartido a través de sus redes sociales.
Cabe recordar que Ábalos dejó atrás su etapa como ministro en julio de 2021 y, desde que trascendió mediáticamente la trama de mordidas enmarcadas en la compra de mascarillas y material sanitarios por la pandemia de coronavirus desde el Ministerio, este lunes se haya hecho pública la sentencia del Alto Tribunal que ha ratificado las penas de cárcel para los principales acusados. Para el extitular de Transportes, recaen 24 años de prisión, mientras que para Koldo García son 19 años y ocho meses.
Mientras, para Aldama, cuatro años y medio. Sin embargo, sobre el conseguidor de la trama, los magistrados suspenden la entrada en prisión de Aldama por su "aportación al descubrimiento de los delitos", aunque lo condicionan a que no vuelva a delinquir, haga un año de trabajos comunitarios y presente un informe semestral de actividades.
Durante el juicio, tanto Ábalos como su exasesor se declararon inocentes de los hechos que se les acusaba y pidieron su absolución, mientras que Aldama reconoció haber participado en los delitos de cohecho pasivo, organización criminal y aprovechamiento de información privilegiada.
Claves de la sentencia del Supremo
Los magistrados del Alto Tribunal han fallado que Ábalos cometió un delito de cohecho pasivo por “solicitar y aceptar el ofrecimiento” de dos millones de euros que hizo Aldama “a cambio de encauzar” desde Puertos del Estado y Adif “las adjudicaciones de compra de mascarillas” en favor de la empresa Soluciones de Gestión.
En este sentido, el conseguidor de la trama llegó a declarar que “sobre una previsión de los beneficios resultantes por el suministro global de sesenta millones de euros en mascarillas”, el extitular de Ábalos solicitó dos millones de euros y su exasesor, “la compra de la casa en que vivía”, que cifró en 500.000 euros. Sobre ello, Aldama precisó que les pagó “parte de esas previsiones, más de dos millones de euros en 2020, aunque precisó que la casa de Humilladero no la compró”.
Al tiempo, el Supremo ha determinado que Ábalos y Koldo también cometieron un delito de tráfico de influencias aprovechándose de sus respectivos cargos del Ministerio, de su “superioridad jerárquica”, según los magistrados, para que “acordasen la adjudicación” de compra de material sanitario a la empresa vinculada a Aldama. “La utilización de su ascendencia jerárquica en el organigrama del Ministerio de Transportes, para que la adjudicataria del suministro de mascarillas dispuesto en ambas órdenes ministeriales fuera Soluciones de Gestión. Decisión que no correspondía directamente a los acusados, sino a los responsables de las dos entidades públicas respectivamente designadas, Puertos del Estado y Adif”, ha agregado la sentencia.
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