El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha dado luz verde a una investigación, solicitada por la Fiscal de Sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática, Dolores Delgado, para dictaminar si los actos perpetrados por el Estado de Israel en la Franja de Gaza podrían ser “graves violaciones del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario”, que, a su vez, constituirían “crímenes previstos en los artículos 607 y siguientes del Código Penal”. Así lo avanza la Cadena SER, que describe un modelo de investigación similar al que ya ejecutó la justicia patria en la investigación de los crímenes de guerra de la Rusia de Vladimir Putin en Ucrania.

Según ha informado la Cadena SER, la Fiscalía de Derechos Humanos ha solicitado a la Fiscalía General del Estado la apertura de tales diligencias pre procesales a raíz de la recepción de un informe de la Comisaría General de Información del Cuerpo Nacional de Policía relativo “a las acciones del ejército israelí en la Franja de Gaza contra la población civil y que podrían ser contrarias al derecho internacional”. La investigación se desarrolla en el marco de la Operación ELIAT y, por el momento, quedan en manos de los fiscales y no de un juzgado. Así, García Ortiz remite a la Fiscalía de la Audiencia Nacional dicho documento “obrante en el expediente de referencia a los efectos de incoar las correspondientes Diligencias de Investigación Pre Procesal, que deberán ser comunicadas a la Corte Internacional de Justicia y a la Fiscalía de la Corte Penal Internacional, así como a la fuerza actuante”.

Material abundante

Esta información precisa que a la Policía le llegó un abundante material probatorio, que constituye el grueso del informe que han elevado a la Fiscalía. En el texto se aportan pruebas de presuntos crímenes de lesa humanidad por los indicios claro de “genocidio”. Toda esta documentación recoge “testimonios de testigos protegidos” y se aportan además “importantes elementos probatorios sobre las acciones y circunstancias en el terreno”. Por ello, el Ministerio Público resalta que los hechos descritos constituirían “graves violaciones del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario” que atentarían contra lo previsto en los artículos 607 y subsiguientes del Código Penal.

El escrito del Ministerio Público, que se lleva perfilando desde el pasado mes de junio, se ha actualizado con las conclusiones de la comisión de investigación de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que este martes certificó, a través de un documento de 80 páginas, que los actos perpetrados por Israel en la Franja de Gaza constituyen un “delito de genocidio”, además de los elementos que aporta como pruebas.

La fiscal de Sala de Memoria Democrática, Dolores Delgado, expone en su comunicación razonada que se han desplegado diversas acciones desde espacios de justicia internacional como la Corte Internacional de Justicia y la Corte Penal Internacional, de la que España forma parte y a la que España se adhirió a la causa abierta por Sudáfrica ante la Corte. Según el texto del fiscal general del Estado, “apoyando expresamente las medidas cautelares impuestas por la CIJ, España señaló como objetivo respaldar a la Corte y contribuir a aplicar las medidas cautelares obligatorias”.

Jurisdicción

El escrito se cimenta sobre la Ley de Cooperación con la Corte Penal Internacional y el artículo 23.4.a de la Ley Orgánica del Poder Judicial, habida cuenta de que ambas conceden “jurisdicción a los tribunales españoles para conocer de hechos cometidos fuera del territorio español que pudieran ser constitutivos de delito de genocidio, lesa humanidad o contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, siempre que el procedimiento se dirija contra un español o contra ciudadano extranjero que resida habitualmente en España, o contra un extranjero que se encontrara en España y cuya extradición hubiera sido denegada por las autoridades del país”.

En este sentido, refleja también que el “ejercicio de la función jurisdiccional, como manifestación tradicional de la soberanía estatal, se limita al interior de las fronteras”. Sin embargo, continúa el escrito del Ministerio Público, dado el contexto actual “se hace necesaria la cooperación entre los Estados para poder satisfacer las demandas de justicia y seguridad de los individuos y de la sociedad, así como para luchar de una manera efectiva contra la impunidad”. Por ello, y habida cuenta del estado actual en el territorio de Palestina, cualquier tipo de prueba, ya sea “directa o indirecta”, que se pueda recabar en España “ha de ser fijada en un marco procesal que permita luego su uso”. “Y ello en un doble sentido: como elemento catalizador de la cooperación internacional y de preservación del acervo probatorio, propio o ajeno, que sea posible recopilar para que en un futuro puedan ser usadas adecuadamente como pruebas de cargo de los delitos cometidos”.

De ahí, que el texto elaborado por la Fiscalía General del Estado autorice a la Fiscal de Sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática a instruir las oportunas diligencias de investigación “pre procesal” en el marco de los hechos descritos. Así, se le permite “asumir la competencia para su despacho, atendida su especial trascendencia, gravedad de los hechos y número de víctimas producidas hasta el momento”. La fórmula aplicada por el Ministerio Público habilita la creación de un grupo de fiscales especializados que trabajarán junto a Dolores Delgado y que integrarán miembros de la Fiscalía de la Audiencia Nacional especializados en Derecho Internacional de los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Unidad Especializada en la tramitación de las Diligencias de Investigación que se incoen por tales sucesos. A ellos se le sumará el Fiscal de Sala Coordinador de Cooperación Penal Internacional para elaborar unas conclusiones que se remitirán a instancias internacionales que tienen procesos abiertos.

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