"Estamos trabajando en un proyecto de ley orgánica sobre la nacionalidad española. A España se viene a trabajar, se viene a aportar. En España se entra legalmente. En España, cualquier persona que conviva con nosotros ha de cumplir las leyes que nosotros también tenemos que cumplir y ha de integrarse en la sociedad. La nacionalidad española no se regala, ni el permiso legal de residencia se regala". Eran las palabras con las que el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, se pronunciaba en una entrevista con el diario El Mundo, proponiendo algo que ya existe: los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social están regulados en una ley orgánica que lleva precisamente ese título: 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Pero no solamente ahí: el artículo 27 del Código Civil y el artículo 11 de la Constitución Española también contienen líneas relacionadas con esta materia, sobre la que el PP ha decidido posicionarse en tonos más broncos para competir con la ultraderecha.
"Cualquier persona que conviva [en España] ha de cumplir las leyes que nosotros también tenemos que cumplir y ha de integrarse en la sociedad. La nacionalidad española no se regala, ni el permiso legal de residencia se regala. Por tanto, el que pueda venir con un contrato de trabajo, el que no tenga ningún tipo de antecedente penal o policial y el que se integre socialmente en España tiene posibilidades de convivir con los españoles. Desde luego, yo no seré el que regale la nacionalidad española ni el que dé permisos para todos. No lo voy a hacer", aseveraba el dirigente 'popular' ante el diario conservador, avanzando que su equipo trabaja en un proyecto de ley que aplicará si llega a La Moncloa para endurecer los requisitos para conseguir la nacionalidad española.
Hasta tres textos legales regulan esta cuestión
No obstante, el gallego pasa por alto que este asunto está regulado por las tres vías citadas en líneas anteriores.
En concreto, el artículo 11 de la Constitución Española reza lo siguiente:
- La nacionalidad española se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley.
- Ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad.
- El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España. En estos mismos países, aun cuando no reconozcan a sus ciudadanos un derecho recíproco, podrán naturalizarse los españoles sin perder su nacionalidad de origen.
El artículo 27 del Código Civil, por su parte, contiene el siguiente texto:
Los extranjeros gozan en España de los mismos derechos civiles que los españoles, salvo lo dispuesto en las Leyes especiales y en los Tratados.
En tercer lugar, la Ley Orgánica sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social regula de manera extensa definiciones y obligaciones de las administraciones al respecto de la inmigración. Entre su extenso articulado, destacan los siguientes puntos:
- Los poderes públicos promoverán la plena integración de los extranjeros en la sociedad española, en un marco de convivencia de identidades y culturas diversas sin más límite que el respeto a la Constitución y la ley.
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Las Administraciones Públicas incorporarán el objetivo de la integración entre inmigrantes y sociedad receptora, con carácter transversal a todas las políticas y servicios públicos, promoviendo la participación económica, social, cultural y política de las personas inmigrantes, en los términos previstos en la Constitución, en los Estatutos de Autonomía y en las demás leyes, en condiciones de igualdad de trato.
Especialmente, procurarán, mediante acciones formativas, el conocimiento y respeto de los valores constitucionales y estatutarios de España, de los valores de la Unión Europea, así como de los derechos humanos, las libertades públicas, la democracia, la tolerancia y la igualdad entre mujeres y hombres, y desarrollarán medidas específicas para favorecer la incorporación al sistema educativo, garantizando en todo caso la escolarización en la edad obligatoria, el aprendizaje del conjunto de lenguas oficiales, y el acceso al empleo como factores esenciales de integración. - La Administración General del Estado cooperará con las Comunidades Autónomas, las Ciudades de Ceuta y Melilla y los Ayuntamientos para la consecución de las finalidades descritas en el presente artículo, en el marco de un plan estratégico plurianual que incluirá entre sus objetivos atender a la integración de los menores extranjeros no acompañados. En todo caso, la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos colaborarán y coordinarán sus acciones en este ámbito tomando como referencia sus respectivos planes de integración.
- De conformidad con los criterios y prioridades del Plan Estratégico de Inmigración, el Gobierno y las Comunidades autónomas acordarán en la Conferencia Sectorial de Inmigración programas de acción bienales para reforzar la integración social de los inmigrantes. Tales programas serán financiados con cargo a un fondo estatal para la integración de los inmigrantes, que se dotará anualmente, y que podrá incluir fórmulas de cofinanciación por parte de las Administraciones receptoras de las partidas del fondo.
"El PP y Vox son partidos muy distintos. La democracia interna en el PP se lleva de una forma y la jerarquía, en Vox, se gestiona de otra. Pero cualquier acuerdo de coalición necesita la autorización del Comité Ejecutivo Nacional que yo presido. Por tanto, no va a haber acuerdos de gobierno en ninguna comunidad autónoma si yo no estoy de acuerdo. Pero no tengo problemas con eso, y las condiciones que le pedimos a Vox para alcanzar acuerdos son que todos los pactos que podamos alcanzar van a estar dentro de la Constitución y dentro de las leyes y la proporcionalidad con los escaños", argumentaba el gallego en referencia a su socio de extrema derecha. Precisamente en la Constitución, como se ha expuesto, está regulada la cuestión sobre la que incidía el líder del PP.