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El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, ha presentado este viernes un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para intentar frenar la suspensión del derecho al voto que afecta a miles de españoles que adquirieron la nacionalidad mediante la conocida como ley de nietos. Según ha informado el organismo en una nota de prensa, el recurso incluye una petición para que se adopten "medidas cautelarísimas" y para que el Constitucional se pronuncie sobre la interpretación realizada por el Tribunal Supremo.
La institución ha explicado que Gabilondo ha tomado esta decisión después de recibir distintas solicitudes de particulares y organizaciones que reclamaban su intervención. Asimismo, el Defensor ha estudiado el pronunciamiento de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo del pasado 12 de octubre, en el que se ratificó la suspensión del derecho al sufragio de las personas nacionalizadas a través de esta ley. El objetivo de la iniciativa es que los afectados puedan ejercer su derecho a votar en las próximas elecciones generales, previstas para el 29 de noviembre.
La medida adoptada por el Supremo supone un precedente sin parangón en la historia democrática española, debido a la magnitud de la población afectada. De acuerdo con las cifras facilitadas por el Gobierno, la suspensión alcanza a 163.020 ciudadanos. La resolución se produjo aproximadamente un mes y medio antes de los comicios y no atendió las peticiones de la Abogacía del Estado ni de la Fiscalía, que habían defendido que se revocara la decisión. Ambos organismos también habían advertido de las dificultades para revisar el censo electoral de los españoles residentes en el extranjero antes de la celebración de las elecciones. El alto tribunal, sin embargo, sostiene que el derecho al voto no tiene un carácter absoluto y que su ejercicio debe compatibilizarse con los intereses generales. Entre estos, destaca la necesidad de garantizar la fiabilidad del censo electoral y evitar posibles irregularidades, objetivos que, según su interpretación, deben prevalecer sobre el interés individual de los ciudadanos afectados.
Contradicciones legales
La suspensión también ha generado situaciones contradictorias. Algunos de los españoles perjudicados pudieron participar en las elecciones de 2023, puesto que ya habían obtenido la nacionalidad gracias a la ley de nietos. Sin embargo, ahora no podrán votar en los comicios del próximo 29 de noviembre. Al mismo tiempo, quienes consiguieron la nacionalidad por este procedimiento, pero residen actualmente en España, mantienen su derecho a participar en las elecciones. Esto se debe a que la medida afecta exclusivamente a la inscripción en el censo electoral de los residentes en el extranjero.
Entre las organizaciones que solicitaron la intervención del Defensor del Pueblo se encuentra el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGCEE). Un día después de conocerse la suspensión acordada por el Supremo, este órgano presentó un escrito en el que pedía a Gabilondo que llevara el asunto ante el Tribunal Constitucional y promoviera medidas destinadas a proteger el derecho al voto de las personas inscritas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). El CGCEE es un organismo consultivo y asesor de la Administración que representa a los más de tres millones de españoles que viven fuera del país, y en su petición, invocó varios derechos fundamentales recogidos en la Constitución. Entre ellos figura el artículo 14, que establece la igualdad de todos los españoles ante la ley, así como el artículo 23.1, que reconoce el derecho de la ciudadanía a intervenir en los asuntos públicos, directamente o mediante representantes elegidos libremente en elecciones periódicas por sufragio universal.
Cabe recordar que este será el último movimiento de Gabilondo en su mandato, que finaliza el próximo mes de noviembre. Entre las medidas que se le reclaman se encuentra la paralización inmediata y completa de las disposiciones impugnadas en relación con el proceso electoral ya convocado. La organización solicita, en concreto, que ninguna de las personas afectadas quede excluida de la posibilidad de ejercer su derecho al voto en las elecciones del 29 de noviembre.
Al margen de la intervención del Defensor, los ciudadanos perjudicados también tienen la opción de acudir directamente al Tribunal Supremo mediante un procedimiento judicial en el que deben contar con abogado y procurador. Tras la publicación del auto en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el pasado 15 de octubre, el tribunal concedió un plazo de cinco días hábiles para presentar alegaciones, que finaliza el próximo viernes. No obstante, las asociaciones de españoles residentes en el extranjero han alertado de que recurrir por esta vía puede suponer un desembolso económico considerable para los afectados. Algunas organizaciones ya han comenzado a actuar judicialmente. Es el caso del Centro de Descendientes de Españoles Unidos (Cedeu), una asociación argentina que se personó este jueves ante el Supremo para impugnar la suspensión del derecho al voto.




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