El exministro de Transportes, José Luis Ábalos, y el que fuera su asesor, Koldo García, salen este jueves de la cárcel para llevar a cabo su último alegato por el conocido como caso mascarillas ante el Tribunal Supremo. Más concretamente, la Sala de lo Penal acoge un acto previo al juicio en el que las partes exponen cuestiones que podrían influir en su desarrollo. La llamada audiencia preliminar.
Sus defensas insistirán en impugnar la competencia del Alto Tribunal para enjuiciar el caso, aludiendo que el Supremo “no es competente” para juzgarles después de la renuncia de escaños del que fuera responsable de Transportes del pasado 28 de enero. Así lo detalla elDiario.es.
La abogada de Koldo indicaba en un informe presentado esta semana al juzgado que “si no hay cargo, no hay fuero”, por lo que “el investigado debe volver inmediatamente al juez predeterminado por la ley, garantizándole así el mismo trato que a cualquier otro ciudadano”. La defensa de Ábalos, por su parte, se adhiere al escrito mencionado “en todo su contenido”.
Audiencia Nacional
Defienden que, en caso de estimarse, el resto de las cuestiones deben recaer sobre otro tribunal. En este caso, sería la Audiencia Nacional. Siguiendo con una cronología, de trasladarse aquí, su celebración se dilatará debido a la complejidad que contempla este tribunal, que sigue investigando el resto de la causa que protagoniza estas líneas, así como los presuntos amaños de obra pública por los que está imputado también el ex secretario de Organización socialistas Santos Cerdán.
En la práctica, esto podría aumentar las opciones de Ábalos y de Koldo de abandonar de manera provisional la cárcel en la que se encuentran desde el pasado 27 de noviembre. Esto es muy relevante en tanto en cuanto uno de los argumentos que esgrimió el juez para apuntalar su encarcelamiento fue que el riesgo de fuga se había convertido en “extremo”. Por ello se solicitó prisión sin fianza.
Con todo, el Pleno de la Sala Segunda del Supremo estableció en 2014 que, una vez dictado el auto de apertura juicio oral, la competencia para juzgar el caso se queda en el tribunal correspondiente aunque se pierda el aforamiento. Un precedente de esto es lo que ocurrió en la Comunidad Valenciana con el caso Fitur, cuando el Tribunal Superior de Justicia de allí estuvo obligado a celebrar un juicio a pesar de la renuncia al acato de dos diputadas autonómicas porque ya se había dictado el auto de apertura de juicio oral.
El otro objetivo porque el que gustaría que el traslado de la causa fuese a parar a la Audiencia Nacional es que esto también les permitiría ejercer su defensa con mayores garantías, debido a que los dispositivos que contienen la información que centra buena parte de la causa se encuentra bajo custodia. Lejos de ser algo menor, se trata de un punto mollar, pues los dos han reclamado en numerosas ocasiones durante la instrucción el acceso a esos dispositivos. Ahora las defensas van más allá asegurando que los hechos han supuesto una vulneración a sus derechos tutelares que alcanzara incluso la nulidad del caso.
Actuación de la UCO
Ábalos alegó que la investigación culminó sin que se le permitiera analizar evidencias digitales que habrían resultado, a su juicio, a todas luces clave, especialmente un disco duro del propio Koldo que las autoridades hallaron en su casa de Alicante. Ello impidió a la defensa contrastar algunas de las informaciones realizadas en los informes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil; una brigada que está actuando a doble velocidad en función del caso, como ya ha explicado este periódico en varias ocasiones.
Detallando lo que, a su parecer, supuso toda una vulneración de derechos, apuntalaba que los agentes copiaron “hasta 26 piezas de hardware” en el registro de su vivienda sin que estuviera presente su abogado. E incluso apuntaba que las indagaciones contra él empezaron antes que el Supremo pidiera la autorización al Congreso de los Diputados.
Por su parte, su exasesor reiterará su supuesta indefensión a través de su abogado en relación con los dispositivos para solicitar la nulidad de la causa. Manteniendo la imposibilidad de que el Supremo sea quien deba tener la última palabra, contempla que el órgano jurídico “va a decidir sobre unas evidencias que no están en su poder sino en manos no ya del Juzgado Central de Instrucción sino todavía de la Guardia Civil”. Además, volviendo a la UCO, se pregunta por qué tiene su cliente que ser juzgado “sin tener copia alguna” de los dispositivos incautados por la Benemérita.