La periodista Silvia Intxaurrondo ha puesto sobre la mesa de La Hora de La 1 un debate de enorme calado al contrastar de forma directa el contenido de los últimos autos dictados en el "caso Leire" y el "caso Zapatero" con las exigencias y normativas del marco legal de la Unión Europea. Con la ayuda del magistrado Ignacio González Vega, la presentadora ha expuesto cómo las recientes decisiones del juez Santiago Pedraz y del juez José Luis Calama podrían estar chocando frontalmente con la jurisprudencia comunitaria protectora de los derechos fundamentales de los investigados.
Intxaurrondo arrancó su intervención revelando las conclusiones de su propia revisión legal sobre los últimos pronunciamientos europeos en materia de garantías procesales. "Me he entretenido un poquitito en lo que dice el Tribunal de Justicia de la Unión Europea de algo que dijo el propio 26 de mayo", explicó la periodista antes de detallar el contenido de dicha resolución. Según expuso de forma clara, la jurisprudencia europea "dice que no se puede atribuir la comisión de un delito en una etapa preliminar del procedimiento penal".
La conductora del espacio matinal de Televisión Española argumentó que esta estricta prohibición responde a motivos muy concretos, "entiendo precisamente porque pervertiría el procedimiento penal y por el riesgo de estigmatización del investigado". Acto seguido, vinculó este criterio con la realidad de los tribunales españoles: "Y claro, es lo que nos encontramos en el auto del juez Pedraz, y es lo que nos encontramos en el auto del juez Calama sobre Zapatero", concluyendo de manera tajante que "es que no es legal hacer esto".
Por su parte, el magistrado Ignacio González Vega validó y amplió el planteamiento de la periodista, recordando que estas obligaciones no son meras recomendaciones, sino mandatos vinculantes de obligado cumplimiento para todos los operadores judiciales. "Es que no es solamente jurisprudencia, hay una directiva comunitaria que precisamente habla de los derechos de defensa del investigado en el juicio y habla de la presunción de inocencia", matizó el experto.
González Vega recordó un principio básico del derecho que a menudo se difumina en los juicios paralelos: "Debe de estar en la mente de todos los ciudadanos que estas personas se presumen inocentes. Lo que se presume es la inocencia de las personas, y por tanto es la acusación, por ejemplo el fiscal, quien debe de acreditar su culpabilidad". En este sentido, recalcó la importancia de no dar por probados los cargos antes de tiempo, apuntando que "no se presumen los delitos o los hechos, los hechos están todavía en una fase indiciaria". Por ello, insistió en que "hasta que no haya una sentencia condenatoria, esa persona es inocente".
La conversación también abordó la enorme repercusión social y mediática que acompaña a estos sumarios judiciales cuando se levanta el secreto de las actuaciones. Intxaurrondo lamentó la indefensión en la que quedan los ciudadanos en la era digital: "Llama la atención que los jueces, que actúan de forma independiente, en este caso en una sociedad hiperconectada, con las noticias al minuto, que no puedan ser capaces de mantener el secreto de sus actuaciones". La periodista criticó con dureza que "cuando se levantan nos encontramos con culpabilidades aseguradas en un auto judicial que es lo contrario de lo que dice el Tribunal de Justicia de la Unión Europea", sentenciando que "aquí algo falla".
Ante esto, González Vega repartió responsabilidades, señalando que los magistrados hablan a través de sus resoluciones, pero que la distorsión suele venir de "la forma de expresar titulares de prensa o noticias", ofreciendo a veces una "información que es sesgada y que no es justamente la que está transmitiendo el órgano judicial". El magistrado apeló al Tribunal Europeo de Derechos Humanos y a su concepción de los medios como "perro guardián de la democracia", recordando que los periodistas "deben de procurar que quede reflejado en las noticias la inocencia de estas personas mientras no haya una sentencia condenatoria".
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