Telemadrid lo ha vuelto a hacer. La televisión pública madrileña ha recurrido una vez más a sus informativos para atizar al Gobierno de Pedro Sánchez. En esta ocasión, su motivo ha sido el "no a la guerra" enarbolado por el líder del Ejecutivo tras la ofensiva de Estados Unidos e Israel sobre Irán. El Telenoticias 2 hizo una "gracieta" con un hombre que dijo "no a la guerra" para no pagar la gasolina.

Su presentadora, Laura Gómez, hablaba sobre el aumento de los precios y arremetía contra el Gobierno: "Casi dos semanas después del inicio de la guerra, con los precios disparados, por el momento, esta es la única receta por parte del Gobierno para amortiguar la subida de los precios".

El telediario recuperaba unas palabras de Elma Saiz, portavoz del Gobierno, quien días atrás dijo: "Decir 'no a la guerra' es la mejor medida". El espacio retomaba las declaraciones dos días después y, de vuelta a plató, la presentadora aseguraba que "un conductor lo ha intentado pero nos dicen que no le ha funcionado".

Entonces, a modo de "gracieta", la presentadora daba paso a unas imágenes en las que un hombre decía lo siguiente desde una gasolinera: "Cuando he ido a pagar el importe de la gasolina he dicho 'no a la guerra' y me han dicho que no, que tenía que pagar con dinero". "No a la guerra' no valía para nada", decía la presentadora tras emitir las imágenes.

El Tribunal Constitucional falla contra Ayuso por cómo cambió la ley para controlar Telemadrid

El Tribunal Constitucional ha asestado un nuevo golpe judicial a la reforma con la que el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso modificó en 2021 la ley de Radio Televisión Madrid, la empresa pública que gestiona Telemadrid. La corte de garantías ha concluido que la forma en la que se tramitó aquel cambio legal vulneró los derechos de los diputados de la oposición en la Asamblea de Madrid, al aprobarse mediante un procedimiento exprés que impidió el debate parlamentario y la presentación de enmiendas. 

La sentencia estima el recurso de amparo presentado por el grupo socialista, que denunció que la reforma se aprobó por el sistema de lectura única. Este mecanismo, reservado para leyes de tramitación rápida, evita el debate habitual en comisión y en pleno. Según el tribunal, utilizar esta vía para una modificación de tanta relevancia supuso una vulneración del derecho fundamental de los parlamentarios a ejercer plenamente sus funciones representativas. 

La reforma impulsada por el Ejecutivo madrileño se produjo tras las elecciones autonómicas de 2021 y permitió modificar el sistema de gobernanza de la radiotelevisión pública regional. Con aquel cambio legal se alteró la composición de los órganos de dirección y el sistema de mayorías necesario para designar a sus responsables, lo que facilitó al Partido Popular consolidar el control sobre la cadena pública madrileña. Desde entonces, la modificación ha sido objeto de críticas por parte de la oposición y de varios colectivos profesionales vinculados a la radiotelevisión pública.

El Constitucional, sin embargo, no entra a valorar el contenido de la ley ni su constitucionalidad material. El fallo se limita a examinar el procedimiento utilizado para aprobarla. Por ese motivo, aunque declara nulos los acuerdos de la Mesa y del pleno de la Asamblea que permitieron tramitar la reforma por lectura única, la sentencia no tendrá efectos prácticos sobre la norma, que sigue en vigor porque la legislatura en la que se aprobó ya ha finalizado.

Aun así, el pronunciamiento supone un serio reproche jurídico al modo en que el Gobierno de Ayuso impulsó la reforma de la televisión pública madrileña. El tribunal recuerda que las mayorías parlamentarias no pueden limitar el derecho de las minorías a participar en el proceso legislativo, especialmente cuando se trata de cambios institucionales relevantes.

El fallo reabre así el debate sobre el control político de los medios públicos autonómicos y sobre el uso de procedimientos legislativos acelerados para sacar adelante reformas controvertidas. En el caso de Telemadrid, la sentencia del Constitucional llega años después de que se produjera el cambio legal, pero deja claro que la forma en que se aprobó no respetó plenamente las garantías parlamentarias.

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