La Audiencia de Badajoz ha condenado al hermano de Pedro Sánchez a 9 años de inhabilitación por prevaricación administrativa en su contratación en 2017 como coordinador de las Actividades de los Conservatorios de la Diputación y, después como jefe de la Oficina de Artes Escénicas. No obstante, los magistrados dicen que "no ha quedado acreditado si la toma de decisión se hizo a petición de este último o de persona o personas del entorno del beneficiario de la plaza de empleo público o relacionadas con el mismo conocedores de dicha necesidad o si tal decisión se realizó 'motu proprio' con el designio de favorecer a Sánchez Pérez-Castejón por su relación de parentesco con quien era una figura política señera y futuro Secretario General del PSOE, por reelección en el cargo, a la sazón Pedro Sánchez Pérez-Castejón". Desde Mañaneros 360, Javier Ruiz ha analizado la sentencia y ha puesto sobre la mesa las dos "cuestiones", las dos "dudas", "muy difíciles de tragar".

"Están siendo muchas las lecturas políticas hasta ahora, pero tiene efectivamente dos cuestiones difícilmente comprensibles esta sentencia", arrancaba el presentador de TVE. La primera de ellas, continuaba Ruiz, "se condena a David Sánchez por prevaricación, al hermano de Pedro Sánchez".

"Para poder prevaricar uno tiene que ser cargo público, tiene que ser quien dicta esas resoluciones injustas a sabiendas de que lo es. ¿Cómo un particular prevarica? ¿Cómo alguien que opta a una plaza ha prevaricado? ¿Cómo es culpable de prevaricación?", se preguntaba el periodista, que subrayaba que "esta es la primera clave jurídica que ahora mismo llama la atención".

En segundo lugar, esa otra clave jurídica señalada por el comunicador, es "el arranque de los hechos probados, porque en ese arranque literalmente se dice que no queda probada ninguna presión para crear este cargo". "Se dice literalmente que ninguna persona o personas han ejercido presión alguna o influencia sobre los acusados. Es decir, ¿qué prevaricación ha habido? ¿Qué presiones ha habido si no ha habido presiones?", proseguía.

Antes de dar paso a una de sus reporteras, Javier Ruiz concluía: "Estas dos cuestiones en lo jurídico a esta hora están chocando y en lo político están despertando una acusación. Lo acaba de hacer el Gobierno, señalar a algunos jueces a los que se estudiará en los libros de historia".

Más allá de estas "dos dudas muy difíciles de tragar" que "genera la sentencia", posteriormente, el presentador iba a hablar, sorprendido, del "acordeón de tiempo" que ha acompañado al procedimiento, ahora que tanto se habla de esa "doble velocidad" de la Justicia: una instrucción en 11 meses y 21 dias, es decir, un "juicio a toda velocidad", y un juicio visto para sentencia en 13 días.

La condena al hermano de Pedro Sánchez por prevaricación

La Audiencia Provincial de Badajoz ha condenado a David Sánchez, hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a nueve años de inhabilitación por un delito de prevaricación administrativa. La Sala también ha condenado al que fue el candidato del PSOE en Extremadura, Miguel Ángel Gallardo. No obstante, los magistrados no han impuesto ninguna pena de prisión como solicitaban las acusaciones populares, que pidieron seis años de cárcel para Sánchez.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso ElPlural.com, los acusados, el presidente de la Diputación de Badajoz; Miguel Ángel Gallardo; la diputada de Cultura, Cristina Núñez, y la directora del Área de Cultura, Elisa Moriano, decidieron la creación del puesto de trabajo que acabó denominándose “Coordinador de las Actividades de los Conservatorios”, en el seno de dicha Administración Local, con el objetivo de que el mismo fuera ocupado por el también acusado David Sánchez, quien en ese momento carecía de trabajo estable.

Además, sostienen que "no ha quedado acreditado si la toma de decisión se hizo a petición de este último o de persona o personas del entorno del beneficiario de la plaza de empleo público o relacionadas con el mismo conocedores de dicha necesidad o si tal decisión se realizó “motu proprio” con el designio de favorecer a Sánchez Pérez-Castejón por su relación de parentesco con quien era una figura política señera y futuro Secretario General del PSOE, por reelección en el cargo, a la sazón Pedro Sánchez Pérez-Castejón".

Por otro lado, los jueces dictaminan que no hubo tráfico de influencias ni tampoco presión por parte de nadie para darle la plaza al hermano de Sánchez, pero que tal creación no se estima ni necesaria ni urgente, estando vacía de contenido dicha plaza cuya génesis obedeció al interés particular de su adjudicatario y no al interés general.

Síguenos en Google Discover y no te pierdas las noticias, vídeos y artículos más interesantes

Síguenos en Google Discover

 

Añadir ElPlural.com como fuente preferida de Google.

Mantente informado con las últimas noticias de actualidad.

Activar ahora