Hace no muchas semanas, uno de los gigantes chinos de la tecnología de consumo, Xiaomi, anunciaba su desembarco en España, como parada intermedia hacia la conquista del Viejo Continente. La estrategia parece similar a la llevada a cabo por su gran competidor, Huawei, que tiene a nuestro país como su lanzadera hace otros países europeos y latinoamericanos. La diferencia es que estos últimos iniciaron su entrada en España hace ya 16 años.

La llegada de Xiaomi, sin embargo, se ha visto enturbiada por una noticia que, como mínimo, es sorprendente.

En realidad, se trata de una decisión del Tribunal General de la Unión Europea, que ha dado la razón a Apple en el proceso abierto por el fabricante estadounidense con el objetivo de impedir que el grupo chino registrase Mi Pad como marca en la UE. El argumento de la marca de la manzana mordida ha sido muy simple: ese nombre se parece demasiado a su conocido iPad.

Tres años de proceso

Todo se inició en el año 2014, cuando Xiaomi pidió a la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea el registro del “signo denominativo 'Mi Pad' como marca de la UE para aparatos electrónicos y servicios de telecomunicaciones". La reacción de Apple fue inmediata oponiéndose a la solicitud con el argumento de similitud con iPad.

Dos años después, la Oficina concluyó que "las diferencias entre ambos signos no bastaban para excluir riesgo de confusión”, indicando un claro riesgo de confusión por parte de los consumidores que podrían pensar que Mi Pad era una variante de iPad.

La firma china recurrió entonces al Tribunal General de la UE, que ahora ha fallado a favor de la compañía estadounidense en base a varias similitudes. Aclara que, por ejemplo, en el "plano visual", los magistrados entienden que ambos "signos" presentan un "elevado grado de similitud" debido a que la secuencia de letras es la misma. Algo parecido ocurre desde el punto de vista fonético, en relación con el cual el TGUE considera que también existe un "grado medio" de similitud para la parte anglófona del público.

"Plano conceptual"

Otro de los aspectos analizados es el que denomina "plano conceptual". Con respecto a este el tribunal entiende que, de nuevo, hay un "grado medio" de similitud para la parte anglófona del público, pues "pad" significa "tableta electrónica" y "los elementos 'i' o 'm' funcionan como prefijos que cualifican al elemento común 'pad' sin alterar de manera significativa su carga conceptual".

Ante estos argumentos, el fallo es contundente y claro, añadiendo la corte europea que "habida cuenta de la identidad o la similitud de los productos y servicios cubiertos por los dos signos, la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea concluyó correctamente que existía un riesgo de confusión por parte del público".

Dos interrogantes surgen a raíz del fallo. La primera tiene que ver con uso comercial de la denominación Mi Pad que Xiaomi utiliza ya y las posibilidades de cambio; la segunda se refiere a si los razonamientos del Tribunal General de la Unión Europea suponen un escudo protector para el gigante estadounidense Apple frente a sus competidores, por lo menos en Europa. Lo veremos.