El Gobierno de coalición anunciaba la semana pasada nuevas medidas en materia laboral y de Seguridad Social par auxiliar a los afectados por la DANA. Entre tantas ayudas, la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, destacaba el abono de una paga extra para uno de los estratos poblacionales con mayor riesgo socioeconómico, aquellos perceptores de pensiones no contributivas. La partida responde a la subida temporal del 15% aprobada por el Ejecutivo en el primer Real Decreto-ley y llegará este lunes a los perceptores valencianos, castellanomanchegos y andaluces afectos.

Asimismo, los ciudadanos que cobran el Ingreso Mínimo Vital (IMV) disfrutarán de un incremento similar que llegará en un par de semanas, con la nómina de diciembre. Entre estos perceptores se encuentran 30.000 niños pertenecientes a hogares vulnerables golpeados por la catástrofe, razón por la que se ha reforzado en un 30% el complemento de ayuda a la infancia. “Somos conscientes de que hay personas que lo han perdido todo, por eso hemos hecho más accesible el IMV desde el 1 de enero”, trasladaba la titular de Seguridad Social.  

El departamento liderado por Saiz calcula un coste aproximado de 11,5 millones de euros por el incremento del 15% en las próximas tres nóminas (de noviembre a enero) de la cuantía del IMV y de las pensiones no contributivas, que podría beneficiar a 33.000 hogares. A esto se suman las prestaciones por cese de actividad total y parcial que están disponibles para los autónomos, entre los que podrían llegar a encontrarse 65.000 afectados. “Es importante la agilidad y así vamos a actuar”, aseguraba la ministra.

"No queremos que haya una carga adicional para las personas que lo han perdido todo, que están en un momento de duelo, de sanación, de recuperar sus vidas. No queremos que tengan que enfrentarse a trámites burocráticos que ralenticen”, reconocía en una entrevista concedida a La Sexta. “Por eso, las ayudas son directas”, continuaba, “por ejemplo, lo que tiene que ver con el IMV ya va incorporado ese incremento a la nómina de diciembre y las prestaciones no contributivas van a tener una paga extra el próximo 18 de noviembre", confirmaba.

Excepciones con planes de pensiones privados

El Real Decreto-ley aprobado hace justo una semana por el Gobierno en el Consejo de Ministros contempla también excepcionalidades con los planes de pensiones privados, de los que se podrán retirar fondos de forma inmediata y excepcional durante los próximos seis meses para asumir “necesidades sobrevenidas de liquidez”. El principal requisito es la cuantía máxima que se podrá hacer efectiva, que se sitúa en los 10.800 euros.

Los supuestos para poder retirar estos fondos son varios. Por un lado, cuando los partícipes de los planes de pensiones sean titulares de explotaciones agrarias, forestales o ganaderas, establecimientos mercantiles, industriales y de servicios, locales de trabajo y similares, situados en los municipios afectados por la DANA y que hayan sufrido daños como consecuencia directa de ésta. También podrán hacerlo los autónomos que se vean obligados a suspender o cesar en la actividad como consecuencia directa de la DANA, por siniestros producidos en los municipios afectados.

Por último, se autoriza también en el caso de trabajadores afectados por expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) de empresas con domicilio en los municipios afectados por la DANA, así como en el supuesto de pérdida de la vivienda habitual, de daños en la misma, así como de daños en los enseres, cuando se hayan producido como consecuencia directa de la DANA y la vivienda se encuentre situada en los municipios afectados por esta.

El documento aprobado por el Gobierno y recogido en el Boletín Oficial del Estado (BOE) establece que la concurrencia de estas circunstancias que posibilitan la retirada deberá acreditarse mediante los documentos justificativos aportados por el partícipe del plan de pensiones ante la entidad gestora de fondos de pensiones. Si el solicitante no pudiese aportar los documentos acreditativos podrá sustituirlos mediante una declaración responsable.El reembolso deberá efectuarse por la entidad gestora dentro del plazo máximo de siete días hábiles desde que el partícipe presente la documentación acreditativa completa.

En el caso de los planes de pensiones de la modalidad de empleo, dicho plazo se ampliará hasta 30 hábiles desde que el partícipe presente la documentación completa. En el caso de los planes de pensiones del sistema de empleo de la modalidad de prestación definida o mixtos para aquellas contingencias definidas en régimen de prestación definida o vinculadas a la misma, la disposición anticipada sólo será posible cuando lo permita el compromiso por pensiones y lo prevean las especificaciones del plan aprobadas por su comisión de control.