BBVA ha decidido este lunes seguir adelante con su oferta pública de adquisición (OPA) sobre Banco Sabadell a pesar de la condición impuesta por el Gobierno central, según ha comunicado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).
Esta decisión se da poco después de que el Banco Sabadell decidiera vender TSB a Banco Santander, algo refrendado por la junta general de accionistas, el banco tenía la opción de retirar la oferta, algo que finalmente no ha hecho.
"Una vez analizados los acuerdos adoptados y considerando la información disponible, BBVA ha decidido no desistir de la oferta por esta causa y, por lo tanto, la misma se mantiene vigente conforme a lo previsto en la normativa aplicable", ha señalado.
Fue el pasado jueves 7 de agosto cuando BBVA comenzó su proceso de revisión de las posibles sinergias de costes que podrían tener en los próximos años mientras dure la condición de Moncloa sobre la OPA a Sabadell: "BBVA está revisando las sinergias de costes operativos y de financiación que se podrían materializar durante los primeros tres años (o eventualmente, cinco primeros años) como consecuencia de la toma de control de Banco Sabadell y aquellas que se podrían materializar una vez que la condición del Consejo de Ministros deje de estar en vigor y se pueda llevar a cabo la fusión", recogió el banco entonces. el banco en un suplemento a su documento de registro universal.
Cabe recordar que fue a finales del pasado mes de junio cuando el ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, se pronunció sobre la OPA lanzada por BBVA sobre Banco Sabadell añadiendo un nuevo parámetro a tres años vista: "Ha acordado aprobado autorizar la operación de concentración entre BBVA y Banco Sabadell con la condición de que durante los tres próximos años ambas entidades mantengan personalidad jurídica y patrimonio separados, así como autonomía en la gestión de su actividad", trasladó entonces tras el Consejo de Ministros, añadiendo que así se cumplían los compromisos de la CNMV.
Esta nueva condición, según expuso, está justificada por la “protección de cinco criterios de interés general”, distintos a los relativos a la defensa de la competencia, que corresponde establecerlos, como así lo ha hecho previamente, a la CNMC.
El primero de ellos se refiere a garantizar que se cumplen los objetivos de la regulación sectorial, vinculados al apoyo al crecimiento y el apoyo empresarial, a través de financiación a las empresas y, en concreto, a las pymes. El segundo es la protección de las plantillas de trabajadores y el tercero es la cohesión territorial. El cuarto se refiere a la política social, como las fundaciones de las entidades, la protección de los clientes financieros o la actuación en materia de vivienda asequible. Y, por último, la promoción de la I+D tecnológica.