Eln colectivo de las amas de casa ha sido históricamente invisibilizado en España. Pese a que su trabajo es, en muchas ocasiones, mucho más agotador que el de cualquier otro trabajo y requiere una entrega completa a las labores del hogar y de la familia, tanto por su dedicación hacia los más pequeños como hacia los más mayores, no tienen los mismos derechos y beneficios que el resto de profesiones. Por eso, al no estar dadas de alta en la seguridad social y no tener ningún tipo de contrato de trabajo, las amas de casa no han tenido posibilidad hasta ahora de percibir algún tipo de ayuda o pensión al llegar a la edad de jubilación. Sin embargo, esta realidad está empezando a cambiar. 

El Instituto de Mayores y Servicios sociales (Imserso) ofrece una pensión no contributiva de 500 euros mensuales para aquellas personas que pertenezcan a este grupo, es decir, unos 7.250,60 euros al año. Este tipo de ayudas se conceden a aquellos ciudadanos que, estando en situación de necesidad, carecen de los recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, es decir, tener cotizado el tiempo necesario en la Seguridad Social. Entre estas, se encuentran las de Invalidez y Jubilación. Para obtener esta prestación,. sin embargo, se debe cumplir una serie de requisitos concretos.

Cuáles son los requisitos que deben cumplir las amas de casa para percibir la pensión

Para que las amas de casa puedan acceder a la pensión que ofrece el Imserso, deben cumplir con una serie de condiciones concretas. Dos de ellas, son que el pensionista sea igual o mayor de 65 años, así como que resida en España, habiéndolo hecho durante un periodo de 10 años, en el periodo que media entre la fecha de cumplimiento de los 16 años de edad y la de devengo de la pensión, de los cuales dos de esos años han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda. Asimismo, otra condición es que exista carencia cuando las rentas o ingresos personales de los que disponga la persona solicitante, en cómputo global para el año 2024, sean inferiores a los 7.250,60 euros anuales

Eso sí, cabe destacar que en el caso de que la persona que cumple estas tres condiciones viva con familiares, hay otra serie de requisitos que son necesarios en cuanto a los ingresos. Así, si la convivencia es con un cónyuge o con familiares de segundo grado del solicitante, deberán ingresar en casa menos de 12.326,02 euros en un año, si son dos personas las que viven juntas. En el caso de que en la casa vivan tres personas, deben ingresar menos de 17.401,44 euros anuales y, si son cuatro, menos de 22.476,86 euros al año. En el caso de que conviva con más gente, se deberá sumar a cada integrante la cantidad de 5.075,42 euros. 

En el caso de que el solicitante resida con algún pariente de primer grado, como son los padres o los hijos, los ingresos deberán ser inferiores a los 30.815,05 euros anuales, si son dos personas en el domicilio. En el caso de ser tres, la cuantía asciende a 43.503,60 euros en un año y, si son cuatro, la cifra de ingresos debe ser menor a los 56.192,15 euros anuales. En el caso de que sean más, habría que sumar 12.688,25 euros anuales por cada integrante más. 

Asimismo, el Imserso recuerda que esta pensión no contributiva es incompatible con la percepción de cualquier otra, como es el caso de la de invalidez o las asistenciales. Así, el solicitante solo puede pedir una, en los casos en que se cumplan los requisitos exigidos de varias.