El Gobierno de la Junta de Extremadura, presidido por la 'popular' María Guardiola, ha recibido una nueva sentencia de la Junta Electoral de Extremadura (JEE) por una vulneración de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG), conocida coloquialmente como Ley Electoral. En concreto, los receptores de la denuncia han sido el Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta extremeña, Manuel Martín Castizo, y Rafael Mateos Pizarro, alcalde de Cáceres, con motivo de la visita institucional a las obras de la Ronda Sur de Cáceres que se celebró el pasado 1 de diciembre. La denuncia, interpuesta por el PSOE y tenida a bien por el citado organismo, señala que durante ese evento, al que también acudieron varios concejales de la ciudad, se hicieron "aseveraciones completamente electoralistas utilizando recursos y herramientas de comunicación sufragadas con fondos públicos". A juicio de los denunciantes, estos hechos vulnerarían los artículos 8.1, 50.2 y 50.3 de la citada LOREG.

"Durante las declaraciones, se hace expresa referencia a logros obtenidos por el Gobierno autonómico con indudables connotaciones electoralistas, ya que se mencionan no solo la magnitud e inversión de la obra, sino también los beneficios de la misma para la ciudadanía, siendo esa la noticia difundida en la página web y los perfiles sociales del Ejecutivo regional", señala la denuncia, que instaba a la Junta Electoral de Extremadura a que ordene retirar la nota de prensa y todos los formatos audiovisuales relacionados con el acto, medidas finalmente aprobadas y diligenciadas.

La Junta Electoral de Extremadura ha tenido a bien la denuncia del PSOE evocando textualmente artículos de la LOREG que estarían siendo vulnerados con la actuación de Martín Castizo y del alcalde cacereño. "La citada instrucción dispone que durante el periodo electoral, los poderes públicos no podrán realizar ninguna campaña institucional que atente contra los principios de objetividad y transparencia del proceso electoral, y se prohíbe la realización, en periodo electoral, de cualquier acto financiado públicamente que contenga alusiones a los logros obtenidos por las administraciones o que se utilicen imágenes similares o coincidentes a las utilizadas en sus propias campañas", determina el texto legal.

Nueva incidencia

Se trata de la segunda vez en escasas semanas que el Ejecutivo extremeño es condenado por vulnerar la LOREG. La anterior vino de la mano de la Junta Electoral Central (JEC) y la denunciada fue la propia María Guardiola junto a la consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, Mercedes Morán, por haber vulnerado la citada normativa al hacer una venta de logros y de la gestión realizada, utilizando los recursos y las herramientas de comunicación sufragadas con fondos públicos. Una decisión que llegó, igualmente, tras una denuncia del PSOE y su posterior recurso ante el rechazo de la Junta Electoral de Extremadura.

En concreto, la primera sanción llegaba por sus declaraciones durante la visita institucional realizada a la obra de la balsa de abastecimiento de agua del municipio del Jerte el pasado 10 de noviembre, ensalzando, tal como ha estimado la JEC, los logros que van a suponer una vez las obras hayan concluido y utilizando una amplia cobertura en texto e imágenes en el perfil de redes sociales de la Junta de Extremadura, con convocatoria de los medios de comunicación. Por ello, la Junta Electoral Central acordaba estimar el recurso presentado por el PSOE y declarar que la visita realizada por la presidenta de la Junta extremeña y su consejera de Agricultura pudo vulnerar las prohibiciones establecidas por los artículos 50.2 y 50.3 de la LOREG.

Asimismo, instaba a la Junta de Extremadura a que procediera a la retirada de la información relativa a la visita a la obra en cuestión y a la presidencia de la Junta y a la consejera para que en el futuro se abstengan de realizar actuaciones como las examinadas, una sugerencia que no parece haber calado a vista de la reincidencia. Por último, y más destacable, la JEC pidió a la Junta Electoral de Extremadura que ordena a la Junta Electoral Provincial de Cáceres que proceda a incoar expediente sancionador a María Guardiola y a Mercedes Morán por vulnerar presuntamente la prohibición establecida por la LOREG, así como el deber de neutralidad política que en actos institucionales deben respetar los cargos públicos durante periodos electorales.

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