El president de la Generalitat de la Comunidad Valenciana, Carlos Mazón, se resiste a dimitir pese a la presión social. Sin embargo, miembros de su equipo ya han salida del terreno de juego político mientras él sigue echando balones fuera respecto de una gestión que, en última instancia, le competía a su persona como responsable primero del Gobierno autonómico.

La última damnificada ha sido la consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, encargado del sistema de emergencias y una de las más señaladas por lo ocurrido en la fatídica tarde del 29 de octubre. Sin embargo, lo político podría quedar casi en un segundo plano el momento en el que el foco se centre en el aspecto judicial. Para esto, en caso de que ocurra, todavía queda mucho y, evidentemente, lo importante ahora está en la reparación, en la medida de lo posible y el menor tiempo que se pueda, de las víctimas.

Pero hay una pregunta a la que mucha gente busca dar respuesta y que pasa por las consecuencias penales que podría haber sobre el líder conservador y la gente en la que delegó en la DANA. En resumidas cuentas: qué se hizo, qué no se hizo y qué consecuencias puede tener todo este maremágnum.

La respuesta no es ni sencilla ni una sola, aunque hay antecedentes que sientan precedentes de lo que podría ocurrir, como las tragedias del mercadillo de Finestrat (Alicante) o del camping ‘Las Nieves’, en Biescas (Huesca). Evidentemente, la magnitud de aquellos casos no es igual a la de la última gota fría, pero sí que los responsables de ellas fueron llamados a filas e incluso condenados a cárcel, aunque en última instancia alcanzaran un acuerdo con la Justicia y la pena quedara en una multa.

Hay varias administraciones que podrían tener algo que decir a raíz de la DANA que se ha cobrado más de 200 vidas y ha dejado daños irreparables a nivel tanto personal como material. Con todo, la máxima responsable de cómo se hicieron las cosas es la Generalitat. De esta manera lo explica Quico Miralles, abogado de profesión y uno de los portavoces de la plataforma ciudadana, Mai Més, una especie de ‘Nunca Mais’ a la valenciana.

“Casi seguro que Salomé Pradas tiene consecuencias. Ahora bien, va a depender un poco de quién tiene ganas de hablar dentro del PP. Si el partido la deja caer (…) Por declaraciones y decisiones, por el momento la estrategia parece muy clara ”, emite en declaraciones a ElPlural.com. De forma más detallada, emplaza que se le pueden pedir hasta 30 años de prisión. “La cuestión sería ver si, de llegar a eso, se le cargan a ella sola o se reparten responsabilidades”, expone.

En este sentido, indica que, si bien legalmente es Pradas quien dirige el CECOPI, “en orden ascendente” se encuentra Mazón, que delegó en ella, se ausentó de la reunión, etc. Aunque hay indicios que hacen pensar que a este segundo pueda pesarle más el hecho de ausentarse en el peor momento por estar comiendo con la periodista Maribel Vilaplana para ofrecerle la dirección de À Punt que el de no tomar ninguna decisión que pudiere haber salvado vidas.

Va a depender de quién tiene ganas de hablar

Y después, insta el abogado, el peso de la ley podría recaer sobre varias entidades y/o personas. En este sentido, se refiere, por ejemplo, a las empresas que mandaron a los trabajadores a sus puestos a pesar del temporal. “En un juicio pueden decir que es lo que les dijo la Generalitat”, ejemplifica.

Fuera del aspecto autonómico, también cabe la posibilidad de que el Estado -bien actual o anteriormente- tuvieran alguna responsabilidad por la vía de lo contencioso: edificación sobre zonas inundables, informes favorables para ello, etc. E incluso los ayuntamientos. “Evidentemente, lo que hace Manos Limpias con la AEMET y Teresa Ribera es un lawfare de manual”, emite el experto, dejando eso claro. “Pero es verdad que en este país se ha construido durante mucho tiempo en zonas en las que, seguramente, no se debía (…) Es muy importante la prevención, lo que ha pasado no puede volver a ocurrir, pero nadie asegura que no pase el próximo otoño, a lo mejor en otra parte del Estado”, concluye.

Entretanto, Miralles recuerda que hay varias leyes que prohíben la edificación en zonas inundables. De hecho, la Generalitat dispone en sus estatutos de una de 2003 avalada por Europa a la que, claro está, se ha hecho caso omiso.

¿Homicidio imprudente?

El caso de la gestión del Gobierno autonómico con la DANA se podría enmarcar en aquel homicio imprudente que se produce cuando el autor de los hechos omite el deber de cuidado que debía observar según las circunstancias y la naturaleza de la actividad que realizada. En este caso la imprudencia es calificada como grave; y el autor o autores de la misma puede ser castigado por una pena de entre uno y cuatro años de prisión.

Por el contrario, si la imprudencia es leve -esto es, cuando el autor o autores no observan las precauciones exigibles, pero sin llegar a constituir una infracción grave del deber de cuidado- el Código Penal contempla penas del mismo carácter, como multas o inhabilitaciones.

Entre los factores que decantan la balanza hacia uno u otro extremo de gravedad se encuentran el grado de culpa de la persona o personas implicadas, la existencia o no de antecedentes y la reparación del daño causado a la víctima o familiares.

En otro orden de cosas, el autor del homicidio imprudente puede ser condenado también por la omisión del deber de socorro, que se da cuando después de causar la muerte de una persona de manera imprudente, la condenada se negó además a prestarle ayuda o solicitarla, lo cual agrava las consecuencias del delito. En este caso, evidentemente, la pena podría incrementarse.