A finales de julio, el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid nombró a los expresidentes regionales Alberto Ruiz Gallardón, Esperanza Aguirre y Cristina Cifuentes como miembros del órgano consultivo en materia jurídica del Ejecutivo autonómico. A razón de ello, este miércoles la consejera de Economía, Hacienda y Empleo del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso, Rocío Albert, ha defendido este nombramiento afirmando que "los madrileños ganan con perfiles profesionales con tanto talento".

En declaraciones desde el Mercado Escuela de San Cristóbal, Albert ha detallado que “las funciones son de asesoramiento en el Consejo Consultivo, igual que existe en el Consejo de Estado del Gobierno central”. “Son personas de enorme valía, tanto profesional como política, que seguro que mejoran nuestra regulación, nuestras normas, que acudirán a los plenos y que harán estas labores de asesoramiento. Yo creo que toda la Comunidad de Madrid y los madrileños ganan con esa incorporación", ha defendido la consejera.

Según se desprende del Estatuto de Expresidentes de la Comunidad de Madrid, regulado mediante el Decreto 59/2025, los expresidentes que hayan estado al menos dos años en el ejercicio de su cargo desde el inicio de la Legislatura pueden ser nombrados vocales electivos de la comisión una vez cesen el cargo. Esta comisión se encarga de emitir dictámenes sobre aquellos asuntos de especial relevancia jurídica que le son sometidos por el Gobierno regional y otras administraciones públicas en los supuestos previstos por la ley.

El Estatuto de Ayuso

La Comunidad de Madrid aprobó hace un año su Estatuto de expresidentes y del resto de miembros del Consejo de Gobierno tras sus ceses con el objetivo de "homologarse al Estado y a las comunidades autónomas".

Este incluía una compensación para los expresidentes autonómicos a partir de este mandato del 80% de sus retribuciones durante un tiempo máximo de 24 meses, si bien el resto podrán realizar labores consultivas y recibir una indemnización de 750 euros por participar en las comisiones.

Contempla que quienes hayan sido máximos dirigentes regionales durante un mínimo de dos años podrán disponer también, durante los dos posteriores a su cese, de medios personales y materiales de asistencia.

Sin embargo, esta decisión ha provocado las críticas del PSOE-M, que ha afeado al Gobierno de Ayuso el nombramiento de los expresidentes regionales para que le "apoyen" en su defensa del ático de Chamberí por parte de Planifica Madrid y pagados con dinero de todos los madrileños.

Compensación del 80% de las retribuciones

Fue el 23 de julio de 2025 cuando la Comunidad de Madrid aprobaba el Estatuto de expresidentes y del resto de miembros del Consejo de Gobierno.

Con este, los expresidentes tendrán el tratamiento de excelencia y ocuparán en los actos el lugar protocolario siguiente a los miembros del Consejo de Gobierno, tal y como detalló en ese momento el consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín.

Asimismo, con el objetivo de ejercer la representación institucional, quienes hayan sido máximos dirigentes regionales durante un mínimo de dos años podrán disponer también, durante los dos posteriores a su cese, de medios personales y materiales de asistencia.

Así, podrán contar con dos personas de apoyo para el desarrollo de sus actividades, medios auxiliares necesarios en las dependencias de la Comunidad de Madrid y un servicio de vehículo con conductor. Cuando hubieran estado en el cargo durante un tiempo superior a cuatro años tendrán derecho a lo anterior durante los cuatro posteriores a su cese.

Además, podrán prestar servicios de asesoramiento a solicitud del Ejecutivo regional. El derecho de tener a su disposición medios materiales y personales se reconoce ya en la normativa del Gobierno central y en 10 comunidades autónomas (Andalucía, Aragón, Canarias, Extremadura, Galicia, País Vasco, Asturias, Castilla-La Mancha, Cataluña y Comunidad Valenciana), estas cuatro últimas, además, "con carácter vitalicio o sin fijar un límite temporal como también contempla la norma de la Administración General del Estado".

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