La empresa Hologic, que previsiblemente se llevará el contrato para los tests de cribado para la detección de cáncer de cérvix -el plazo para la adjudicación finaliza el 27 de octubre, pero fuentes de la Comunidad de Madrid preguntadas por ElPlural.com aseguran que el acuerdo no va a rescindir salvo que algunas de las compañías competidoras presenten recursos- fue multada por el Tribunal de Administración de la Contratación Pública por “mala fe”.
El contenido del texto, al que ha tenido acceso ElPlural.com, emplaza que “debe ponerse de manifiesto que el órgano de contratación alega que la recurrente está actuando de mala fe en la interposición del recurso y en la solicitud de medidas cautelares, con el único objetivo de retrasar la tramitación del expediente y, en consecuencia, la adjudicación y ejecución del contrato, en perjuicio del interés público y de la adecuada prestación del servicio sanitario”.
“Esta actuación dilatoria y carente de fundamento jurídico debe ser tenido en cuenta por el Tribunal a la hora de valorar la admisión y resolución del recurso, en aplicación de los principios de buena fe y lealtad procesal que deben regir la actuación de los licitadores en los procedimientos de contratación pública”, apostilla.
Adscrito a la Consejería de Economía
La firma recurrió, sin éxito, para dilatar los plazos de adjudicación, pero aún así la administración de la Puerta del Sol contará, casi con total seguridad, con sus servicios. En lo que respecta al organismo, se le presupone cierta independencia, aunque dependen en última instancia de la región.
Tal y como se aprecia en la web oficial del Tribunal, éste “goza de independencia funcional en el ejercicio de sus competencias”, pero “orgánicamente quedará adscrito a la Consejería competente en materia de coordinación de la contratación pública, que le prestará apoyo técnico y administrativo, en este momento (…) la de Economía, Hacienda y Empleo”.
“Impide poder cribar de forma adecuada a este grupo de mujeres”
Otra polémica con los tests viene dada por el tipo de pruebas que realiza a las mujeres, de ARN y no de ADN, más recomendables por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en este caso.
Este periódico ha constatado que no solamente esta organización prioriza el segundo tipo de prueba sobre la primera, sino también el tribunal se pronunciaba en estos términos. En concreto, aludía a las mujeres que tienen VIH, que se incorporan al sistema de cribado: “Usar un método de cribado basado en ARNm impide poder cribar de forma adecuada a este grupo de mujeres”. Y añade: “(…) La detección basada en el ARNm no está validada para su uso en autónoma. APTIMA muestra una menor sensibilidad en la autónoma respecto a la muestra del profesional sanitario”.
Con todo, evidencia que “una menor sensibilidad en una prueba de cribado puede suponer un aumento de resultados falsos negativos y por consiguiente una falsa sensación de seguridad y una falta de detección de lesiones de alto grado cervicales y su posible evolución a cáncer de cérvix (…) Puede hacer necesario un mayor coste de tratamiento y puede suponer un detrimento significativo de la calidad de vida física, laboral, emocional y social de las mujeres”.
En la misma línea, incluye que “el programa CERVICAM, tras un periodo de implementación del programa se plantea la posibilidad de un pilotaje con autónoma para definir la mejor estrategia para su uso” y que “usar un método de cribado basado en ARNm no permitiría aprovechar los recursos materiales y estratégicos ya implantados para la realización de dicho pilotaje, y ello tiene riesgo de suponer un detrimento en el coste cribado basado en técnicos de ADN, dado que las técnicas de ADN sí están validadas para su uso en dispositivos de autónoma”.
Por su parte, “la OMS subraya en su última guía de prevención del CCU el uso de pruebas de ADN en los VPH de alto riesgo carcinogénico como prueba primaria de cribado, tanto en la población general como en mujeres que conviven con el virus de inmunodeficiencia humana”. “APTIMA muestra una menor sensibilidad en la autónoma (sensibilidad relativa 0,64-0,94) respecto a la muestra del profesional sanitario. Por lo que, en el momento de publicación de esta guía, no está validado su uso en autónoma”, acentúa.
La Consejería justifica que están avalados por la OMS y que el contrato aún no está adjudicado
En conversaciones con este medio de comunicación, la Comunidad de Madrid insiste en que los tests no están aún adjudicados, y explican que en ningún caso rescindirán el contrato porque no tienen potestad para ello: “La ley no nos compete para desistir en un concurso que ya se ha resuelto y ya hay una propuesta de adjudicación por parte de los técnicos funcionarios”. Una propuesta de adjudicación que, por otro lado, fue la que peor puntuación obtuvo frente a sus competidoras, que sí trabajaban además con pruebas ADN.
En cuanto a la preferencia por utilizar este sistema, la Consejería de Sanidad refrenda que está avalado, lo cual es cierto, pero no implica que sea el que la OMS -entre otros- recomienda.
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