La Audiencia Provincial de Madrid impide la creación de una macrocausa por los conocidos como protocolos de la vergüenza, que impidieron el traslado de mayores de estos centros a hospitales de la región.
Tres magistrados de la sección número 16 han ordenado a una jueza de instrucción que siga instruyendo por su cuenta después de que ésta pidiera remitir el caso a una compañera. Se trata de un conflicto desconocido hasta ahora, tal y como informa el diario El País, e independiente del recurso que presentaron las familias de los fallecidos en septiembre para conseguir ese objetivo y que todavía no ha resuelto el juzgado que lo lleva; la sección número 1.
Cada fallecimiento se produjo en circunstancias distintas
Las familias consideraron, con asesoramiento de sus abogados, el año pasado, que era preferible unificar todas las causas bajo una misma, algo que era perfectamente plausible en tanto en cuanto todos los procedimientos que impidieron el traslado de internos a centros hospitalarios respondían a los mismos motivos.
La sección 16 concluye que la división tiene sentido porque cada fallecimiento se produjo en circunstancias diferentes. Si bien, el veredicto no ha estado exento de polémica, ya que la jueza de instrucción número 5, Carmen Valcarce, remitió en julio del año pasado a su compañera María Isabel Durántez, del número 3 y que en abril fue la primera en imputar a ex responsables de la gestión autonómica de la crisis en estos espacios. Dictaba que “de no acumularse los procedimientos, tales personas (los imputados) deberán declarar sobre los mismos hechos en incontables ocasiones y que podrían producirse resoluciones dispares”.
En medio de una oleada de imputaciones, Durántez se encontró con la petición de aunar todo bajo la misma causa al ser ella del primer órgano judicial en pronunciarse y, por lo tanto, el que debe tener preferencia para acumular las pesquisas. Pero se opuso.
La Audiencia Provincial refrenda ahora este modus operandi y asegura que Durántez ha esgrimido argumentos “extensos y fundados” para mantener separadas las investigaciones. En concreto, señalan que el Tribunal Supremo había indicado con anterioridad que el caso de las residencias de Madrid tiene que analizarse fallecimiento a fallecimiento porque las circunstancias son distintas.
Asimismo, apostillan que los delitos no son los mismos en cada procedimiento, ya que en algunos supuestos también se ha denunciado el homicidio imprudente, a la vez que tampoco se descarta la posible responsabilidad de otras personas en esas muertes, como puedan ser los trabajadores de los cada geriátrico.
Además, los magistrados observan que la macrocausa “que hubiera de investigar todos y cada uno de los fallecimientos referidos en la denuncia colectiva -u otras que pudieran acumularse- resultaría inabarcable”. Pero esta defensa discrepa en función del jurista al que se pregunte. De hecho, la sección número 1 de Madrid todavía no se ha pronunciado, con la justificada incógnita de qué pasará si termina habiendo dos resoluciones contradictorias entre audiencias.
Peromingo también pide la unificación
Las familias recurrieron a la decisión en septiembre y recibieron el apoyo de la Fiscalía. Y no solamente ellas prefieren la acumulación, también Javier Martínez Peromingo, ideólogo de los documentos. Mientras tanto, Carlos Mur, el firmante de los mismos, se opone.
En octubre de 2024, los familiares de más de un centenar de mayores denunciaron de forma conjunta la situación de 72 residencias. El texto, al que tuvo acceso este periódico, pedía al Ministerio Público que estudiara la “discriminación sufrida por las persona que vivían en residencias durante la primera ola”. Obedecía a una acusación penal, ya que los familiares apelaron para la representación al artículo mencionaron que se había producido un “delito continuado de denegación de prestación sanitaria por motivos discriminatorios”.
A lo largo de varias semanas, declararon decenas de personas, que vieron cómo las fiscalías Provincial y la de Alcalá y Getafe-Leganés pisaban el acelerador con el objetivo de que todos los participantes pudieran intervenir en sede judicial, afirmando de este modo la dejadez de funciones que, a juicio de los denunciantes, tuvo lugar por parte de la administración de la Puerta del Sol.