La juez de Instrucción que investiga la DANA del 29 de octubre, Nuria Ruiz Tobarra, ha comunicado su negativa a citar a declarar a Maribel Vilaplana, la periodista que comió con el presidente de la Comunidad Valenciana, Carlos Mazón. 

En uno de los tres nuevos autos dictados y notificados por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja este lunes, la magistrada considera "no factible" la citación de Vilaplana ya que podría suponer desviar la atención de las pesquisas al jefe del Consell, quien, por su condición de aforado, solo puede ser investigado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJC). Según se desprende de la resolución, la solicitud de declaración de Vilaplana "estaría relacionada en definitiva con la localización y actuación del presidente de la Generalitat durante dicho día". Al respecto, señala que la exconsellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, investigada en la causa, "hizo expresa referencia en su declaración a que mantuvo comunicación, en ocasiones lo intentó, con la duración que se desprende del registro de llamadas aportado, con el president de la Generalitat".

Igualmente, sostuvo que el envío de la alerta no se condicionaba a la autorización del 'president'. Estas manifestaciones, subraya la instructora, "se produjeron exclusivamente en respuesta a las preguntas de su letrado, únicas a las que contestó, partiendo de un registro de llamadas que voluntariamente aportó". Sin embargo, recalca que, en este caso, de aceptarse esta declaración testifical "el objeto de la investigación se desplazaría sustancialmente hacia la actuación del president de la Generalitat, lo que indicó, comunicó o con quién, durante las horas en las que comió con la testigo". Y ello "no es factible dada su condición de aforado", indica la jueza, que añade que el 'president' de la Generalitat "no es parte en este procedimiento, se efectuó un ofrecimiento al objeto de que pudiera declarar como investigado, por lo que, en definitiva, ha de descartarse" esa citación.

Por su parte, en el segundo auto, la juez de Catarroja rechaza las diligencias solicitadas por una de las acusaciones particulares, al considerar que están vinculadas a la presa de Forata y que esta no tiene nada que ver con las circunstancias en las que se produjo el fallecimiento en Cheste. Por último, en el tercer auto, la juez admite la personación del Sindicato de Funcionarios de Manos Limpias como acusación popular contra el ex secretario autonómico investigado en la causa, Emilio Argüeso.

Alcaldes de municipios afectados, citados a declarar

El anuncio de la magistrada se produce después de que el pasado jueves citara a declarar también en calidad de testigos a varios alcaldes de municipios afectados por la DANA, entre ellos a la alcaldesa de Valencia, María José Catalá

Así, en la providencia, a la que ha tenido acceso ElPlural.com, dice la juez que cita a Rocío Cortés, exalcaldesa de Requena, Amparo Fort, exalcaldesa de Chiva, Roberto Raga, alcalde de Ribarroja de Turia, Jordi Mayor, alcalde de Cullera, Amparo Folgado, alcaldesa de Torrent, Francisco Comes, alcalde de Massanassa; Eva Sanz, alcaldesa de Benetússer; Juan Ramón Adsuara, alcalde de Alfafar; Josep Almenar, alcalde de Picaña; José Morell, alcalde de Cheste; Andreu Salom, alcalde de L ́Alcúdia; Vicent Estruch, alcalde de Guadassuar; Tomás Cervera, alcalde de Sot de Chera; Guillermo Luján, alcalde de Aldaia; Cristina Mora, alcaldesa de Quart de Poblet, y a la de Valencia María José Catalá.

Desestima investigar al presidente de la CHJ

Por otro lado, de manera similar a la última decisión de la juez, también desestimaba el recurso de reforma presentado por la Asociación de Damnificados Dana Horta Sud contra la decisión de la propia instructora de no investigar al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, Miguel Polo, y a tres cargos de Emergencias de la Generalitat: el director, el subdirector y la jefa de servicio.

La juez considera que la atribución de un resultado mortal de tal gravedad por un total de 228 fallecidos "no puede sustentarse exclusivamente en la integración de la estructura administrativa autonómica" por lo que respecta a los tres responsables citados de Emergencias. Por lo que respecta a Polo, señala que la ausencia de información sobre la evolución del caudal del barranco del Poyo que se le atribuye "resulta desmentida por la remisión de correos del SAIH, así como por la posibilidad de acceso al mismo".

En el segundo auto, la juez rechaza la petición de la asociación popular y particular que ejerce la asociación Liberum de unir a la causa un documento y citar como perito a su autor, que dirigió una petición de investigación sobre la DANA a la Comisión Europea. La instructora recuerda que la persona propuesta por esa parte "no ostenta la condición de perito, ni experto en relación a los hechos objeto de la presente investigación".

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