Multa
El juez le impone una multa de nueve meses a razón del pago diario de 20 euros, y lo sentencia a devolver, solidariamente con la empresa Naviro, las cantidades entregadas por los tres compradores: 67.641, 66.246 y 67.460 euros. Por último, se declaran nulos los contratos, adelantó ayer La Opinión de Málaga. Según la sentencia, Naviro Inmobiliaria 2000 SL, cuyo administrador único era Avila Rojas, "resultó ser la promotora de la construcción de un edificio de 64 viviendas más trasteros, locales y aparcamientos en Marbella, concretamente en el Carril del Relojero", que era suelo urbano, según el PGOU.
Concesión de licencia
La comisión de gobierno del Ayuntamiento marbellí concedió el 28 de abril de 2003 licencia de obras al proyecto básico pero "condicionada a cumplir las deficiencias advertidas". Ese otorgamiento fue recurrido en vía contencioso-administrativo por la Junta el 29 de agosto de ese año: el letrado pidió la suspensión del acto administrativo, lo que se denegó en octubre de 2003, pero se permitió en noviembre de 2004. Tras presentar Naviro el proyecto reformado básico y de ejecución, el Ayuntamiento de Marbella, el 29 de julio de 2004, denegó la licencia de obra solicitada.
Sin medidas para paralización
A pesar de ello "se inició la construcción del edificio, cuyas obras se desarrollaron sin que por el Ayuntamiento se adoptase medida alguna tendente a su paralización hasta que, en cumplimiento de lo acordado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA en Málaga, se dictaron por la Alcaldía de Marbella sendos decretos -el 31 de enero y el 13 de junio de 2005-". La obra, sin embargo, finalizó el 9 de junio de 2005.