El Ilustre Colegio de Abogados de Madrid ha aprobado un protocolo hecho público hoy para que, los funcionarios de Policía no puedan realizar la toma de declaración a personas detenidas encapuchados u ocultando el rostro. Este acuerdo ha surgido tras una propuesta de la  Asociación Libre de Abogados (ALA)  con la colaboración de la Comisión Legal de Sol, que solicitaron se adoptasen una serie de medidas garantizando el Derecho de Defensa.

 

Entre las medidas acordadas el  pasado 20 de diciembre de 2013  figura la recomendación a los abogados de oficio, a que se nieguen a realizar asistencia a personas detenidas si se encuentran ante esta situación y ponerlo en conocimiento del juez de guardia.


Los sucesos de Moratalaz
ALA y la Comisión Legal de Sol han hecho pública esta resolución del ICAM  en un comunicado en que relata los antecedentes referidos a hechos ocurridos el once de febrero de 2012. “Las abogadas que acudieron a la Comisaría de Moratalaz para asistir a las personas detenidas en la víspera tras una movilización contra la reforma laboral tuvieron que realizar su trabajo en un ambiente propio de un estado policial”, explican.

Supuestos policías encapuchados
“Al llegar a Comisaría, fueron recibidas por tres personas -supuestamente policías- encapuchadas, sin uniforme, vestidas de paisano, que no portaban ningún distintivo, número o acreditación que pudiese identificarles, y que otros -supuestos policías- también encapuchados, y tampoco identificados, tomaron declaración a los detenidos”, continúan.

Sin respeto a la privacidad
Explican que “aunque esta nueva práctica policial no tiene respaldo legal alguno, se justificó por “motivos de seguridad”.  Los funcionarios policiales tampoco respetaron la privacidad de las reuniones mantenidas entre los detenidos con sus defensores, dejando la puerta entreabierta y situándose junto a la misma.”

Quejas a las instituciones
A raíz de esta situación la Comisión Legal de Sol y  la Asociación Libre de Abogados y Abogadas, (ALA) denunciaron públicamente estos hechos. ALA remitió asimismo una queja tanto al ICAM como a la Defensora del Pueblo.

Práctica repetida
Añadieron que “esta práctica, desgraciadamente, no se limitó a un día concreto, sino que se ha venido repitiendo esporádicamente desde hace mucho tiempo como la propia Policía ha llegado a reconocer, en especial por parte del Grupo XXI de la Brigada de la Información con personas detenidas en el contexto de movilizaciones sociales de protesta.”

Recomendación de la Defensora
Tras investigar y estudiar los hechos denunciados, la Defensora del Pueblo emitió una recomendación a la Dirección General de Policía solicitando que cesara en este tipo de acción “por estimarse dicho uso y contrario al derecho de defensa y asistencia letrada reconocidos constitucionalmente”

La policía habló de “procedimiento específico”
“La Dirección General de Policía, lejos de aceptar las recomendaciones, siguió justificándose reconociendo que se trata de un “procedimiento específico”, admitiendo de esta manera que se trata de una práctica más habitual de lo que reconocieron al principio y que se sigue aplicando hoy en día”, destaca el comunicado.

El ICAM toma cartas en el asunto
De aquí surgió la propuesta al Colegio de Abogados para que se adoptasen una serie de determinaciones garantizando el Derecho de Defensa que son las ahora aprobadas. Como primer punto se informará a los miembros del colegio de lo indicado por la Defensora del Pueblo, y de la posterior negativa de la Dirección General de la Policía a incorporarla a sus normas de actuación.

Que los de oficio se nieguen
Se recomienda a los abogados, “particulares” o de oficio, que se nieguen a realizar asistencia a personas detenidas si se encuentran ante la misma situación, debiéndolo hacer constar en el atestado.  Además, deberán ponerlo en conocimiento del Diputado de Guardia para no proceder al envió de nueva asistencia letrada si se solicita desde Comisaría.Se evitaría así “puentear” al abogado que se niegue actuar en una declaración con policías encapuchados.

Informar al juez de guardia
De cara a que estas decisiones no impliquen una prolongación indebida de la privación de libertad de la persona detenida, el ICAM recomienda adoptar las medidas necesarias poniéndolo en conocimiento del Juez de guardia. El Colegio de Abogados brindará su amparo y protección de la libertad e independencia de los letrados que actúen conforme a estas medidas.

Remitirlo a todas las instancias
Por último, se acuerda difundir estas recomendaciones remitiéndolas a los abogados y abogadas del colegio, al Consejo General de la Abogacía, a la Defensora del Pueblo, a la Fiscalía General del Estado, al Ministerio del Interior y al Consejo General del Poder Judicial para su conocimiento y efectos.

Evitar prácticas de un Estado policial
Concluye el escrito de ALA y la Comisión Legal: “Estas medidas son fundamentales para salvaguardar el derecho de defensa y para evitar prácticas propias de un Estado autoritario y policial. Esperamos que tanto la Dirección General de la Policía, el Ministerio del Interior así como la Delegación de Gobierno tomen nota y den las instrucciones pertinentes para que la actuación de sus agentes se ajuste a la legalidad y al respeto a los derechos y libertades fundamentales de todas las personas que, recordemos, es su obligación proteger".