La Universidad Complutense de Madrid ha vuelto a formalizar su reclamación económica por el programa informático desarrollado en el marco de la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva, codirigida por Begoña Gómez. La institución solicita que la esposa del presidente del Gobierno y su asesora en La Moncloa, Cristina Álvarez, abonen solidariamente 113.509,32 euros en concepto de responsabilidad civil en caso de que sean condenadas por un delito de malversación.

La petición figura en el escrito de conclusiones provisionales remitido al juez Juan Carlos Peinado, instructor de la causa. La universidad interviene en el procedimiento como posible perjudicada y traslada ahora al futuro juicio una reclamación que ya había cuantificado a comienzos de 2026. No se trata, por tanto, de una orden firme de devolución, sino de una solicitud condicionada al resultado del proceso penal.

Según el cálculo aportado por la Complutense, 108.765,79 euros corresponden a los contratos suscritos para desarrollar el programa. A esa cifra se añaden 4.743,53 euros por las horas de trabajo y la dedicación del personal técnico, administrativo y de servicios que intervino en su puesta en marcha y adaptación. La suma de ambos conceptos alcanza los 113.509,32 euros reclamados.

Además de la indemnización, la UCM pretende recuperar la titularidad y el control del ‘software’. Su solicitud comprende también los códigos fuente, dominios, accesos, contraseñas, archivos, documentación técnica, marcas, registros y derechos de explotación relacionados con la herramienta que puedan estar en manos de las personas que finalmente resulten condenadas.

La universidad asume en su escrito la tesis recogida por la Audiencia Provincial de Madrid, que apreció indicios suficientes para que continúe el procedimiento por una posible malversación. El argumento sostiene que el programa fue creado con recursos y bajo la estructura institucional de la Complutense y que, presuntamente, habría terminado bajo una esfera de control ajena a la universidad. La UCM considera que el origen privado de una parte de las aportaciones destinadas a la cátedra no elimina su vinculación con una finalidad pública, universitaria y educativa.

El escenario judicial, sin embargo, se ha reducido respecto a la investigación inicial de Peinado. La Audiencia Provincial archivó los delitos de corrupción en los negocios y apropiación indebida atribuidos a Gómez y Álvarez, pero permitió que el procedimiento continuase por tráfico de influencias y malversación ante un jurado popular. También dejó fuera del juicio al empresario Juan Carlos Barrabés por falta de indicios suficientes.

La resolución de la Audiencia señaló que no existían indicios suficientemente sólidos de que las empresas vinculadas a la cátedra hubieran entregado ventajas injustificadas. Sobre el programa informático, descartó encajar los hechos en una apropiación indebida al tratarse de un bien intangible, aunque abrió la posibilidad de analizarlos dentro del delito de malversación.

La posición de la Complutense contrasta con la de la Fiscalía. El Ministerio Público ha comunicado que no presentará un escrito de acusación y que mantendrá su petición de absolución para Begoña Gómez y Cristina Álvarez, al considerar que los hechos investigados no constituyen delito.

Por su parte, la acusación popular encabezada por Hazte Oír ha rebajado de 24 a 13 años su solicitud de prisión para Gómez después de que la Audiencia limitara los delitos. Para Álvarez reclama seis años de cárcel. Estas peticiones representan exclusivamente la postura de las acusaciones y deberán confrontarse durante el juicio con los argumentos de las defensas y con las conclusiones absolutorias de la Fiscalía.

Las acusadas disponen ahora de plazo para presentar sus escritos de defensa. Será el jurado popular, bajo la dirección del tribunal, quien determine si existió una utilización del programa contraria a los intereses de la universidad y, en su caso, si procede la indemnización solicitada. Hasta entonces, ambas mantienen plenamente su presunción de inocencia.

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