El Tribunal de Instancia que juzgará al novio de Ayuso, Alberto González Amador, ha emitido el auto en el que recoge la apertura de juicio oral contra González Amador, por delito de falsificación documentos mercantiles y defraudación tributaria, y que le sentará en el banquillo de los acusados al empresario por dos delitos de fraude fiscal. Este auto es irrecurrible como bien explica el juez, pero sí cabe el acuerdo de conformidad.
De hecho, dice el magistrado a este respecto: "Para el caso de que sea posible dictar sentencia de conformidad en los términos previstos en el artículo 787.1 LECrim., se requiere al acusado y a su representación procesa, a fin de que activen el protocolo de conformidad a través de la página web del ICAM o se pongan en contacto con la Fiscalía, a fin de evitar citaciones y desplazamientos innecesarios de testigos y/o peritos".
Juicio sin fecha
Eso sí, en otra diligencia de ordenación, el juez deja claro que, de momento, es juicio no tendrá fecha. El juez explica que: "en lo relativo a la admisión o inadmisión depruebas, en virtud de lo dispuesto en el artículo 785 de la L.E.Cr., teniendo en cuenta las normas y reglas que sobre señalamientos han sido dadas por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez de este Juzgado y en virtud de lo dispuesto en el artículo 785 de la L.E.Cr. y artículo 182 de la Ley Enjuiciamiento Civil, todo ello sin perjuicio de efectuar las actuaciones que sean pertinentes y necesarias conforme a la legislación vigente, estese a la espera de poder acordar conforme y a los efectos prevenidos en el referido artículo el señalamiento de vista atendidas razones de servicio considerando la sobrecarga y circunstancias que pesan sobre este Juzgado y cuando razones de agenda lo permitan".
La Fiscalía pide tres años y nueve meses de cárcel para el novio de Ayuso por el fraude fiscal de 350.910 euros en facturas falsas entre 2020 y 2021. González Amador también está procesado por la presunción de un delito de falsedad documental después de haberse presentado facturas que no se corresponden con servicios que realmente prestó y que fueron aportados con el fin de minorar la cuota tributaria.
La denuncia de la Fiscalía, por “gastos ficticios”
Las diligencias judiciales se abrieron tras la denuncia presentada por el Ministerio Público, en la cual se sustentaba un informe de la Agencia Tributaria que expuso la detección de “unos gastos ficticios basados en facturas emitidas por diversas sociedades” y que “no se corresponden con servicios realmente prestados y, todo ello, con la finalidad de ingresar en el erario público menor cantidad de la que le correspondía abonar por el Impuesto de Sociedades de 2020 y 2021”.
Ya en 2022 la Fiscalía recibió un informe con referencia a la empresa Maxwell Cremona Ingeniería y Procesos Sociedad para el Fomento del Medioambiente del que se deduce "determinados datos e indicios sobre hechos relativos al Impuesto Sobre Sociedades correspondiente a los ejercicios del año 2020 y 2021 que pudieran resultar constitutivos de delito".
En éste, se hablaba de dos delitos contra Hacienda al resultar "un fraude tributario cuantificado por la Inspección de Hacienda en cuantía superior a120.000 euros y de un presunto delito de falsedad en documento mercantil al haberse aportado unas facturas que no se corresponden con servicios realmente prestados y aportadas con la finalidad de minorar la cuota tributaria a satisfacer".
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