El Tribunal Supremo ha puesto punto final al intento de un guardia civil de librarse de una sanción disciplinaria tras protagonizar un episodio tan bochornoso como impropio de un miembro de las fuerzas de seguridad del Estado. La Sala de lo Militar ha rechazado su recurso de casación y ha confirmado la suspensión de empleo y sueldo durante 20 días por emborracharse en el gimnasio del Departamento de Seguridad de Presidencia del Gobierno y, en pleno estado de embriaguez, bajarse los pantalones y enseñar el trasero al jefe de los escoltas del presidente Pedro Sánchez.

El Alto Tribunal respalda así la sanción impuesta inicialmente por la directora general de la Guardia Civil y posteriormente ratificada por el Tribunal Militar Central, al considerar que el comportamiento del agente fue “gravemente contrario a la dignidad” del cuerpo.

Los hechos se remontan a una tarde de abril de 2022. El guardia civil, encargado de las instalaciones deportivas del complejo de seguridad de Presidencia, se encontraba de servicio en el gimnasio en su turno habitual de tarde, entre las dos y las nueve de la noche. Entre sus funciones estaba precisamente velar por el orden, el buen uso de las instalaciones y el cumplimiento de las normas internas.

Sin embargo, lejos de hacerlo, permitió que varios compañeros accedieran al gimnasio con una botella de ginebra y refrescos, que comenzaron a consumir mezclados. No solo toleró la entrada de alcohol en un espacio oficial, sino que además participó activamente en la ingesta, según recogen los hechos probados de la sentencia.

Con el paso de las horas y el consumo continuado de alcohol, la situación fue degenerando. Fue entonces cuando un inspector de la Policía Nacional - que resultó ser el jefe de los escoltas del presidente del Gobierno - y un subinspector entraron en la sala del gimnasio.

Lo que se encontraron fue una escena que rozaba el esperpento: el guardia civil presentaba claros síntomas de embriaguez, con un fuerte olor a alcohol, dificultades para hablar con coherencia, voz pastosa y un comportamiento desinhibido. En un momento dado, comenzó a bailar y se bajó los pantalones durante unos segundos, adoptando una postura de sentadilla y mostrando el trasero ante los presentes.

Indicios suficientes

Una conducta que, para los tribunales militares y ahora también para el Supremo, no deja lugar a dudas sobre su gravedad.  Y es que, la Sala de lo Militar subraya que el tribunal de instancia contó con pruebas “suficientes y sólidas” para desmontar la presunción de inocencia del agente. En concreto, se apoyó en múltiples declaraciones testificales que coincidían en describir su estado de embriaguez y su actitud impropia dentro de unas instalaciones oficiales.

El guardia civil intentó defenderse alegando que su comportamiento no había tenido repercusión en la imagen pública del cuerpo, pero el Supremo desmonta ese argumento con contundencia. Para los magistrados, no cabe ninguna duda de que los hechos trascendieron a personas ajenas a la Guardia Civil, como los mandos de la Policía Nacional que presenciaron la escena, lo que agrava aún más la situación.

El Alto Tribunal también rechaza que durante el proceso se produjera indefensión o que la sanción impuesta fuera desproporcionada. Al contrario, considera que la suspensión de funciones está plenamente prevista en la normativa disciplinaria y que se ajusta a las circunstancias concretas del caso.

En su resolución, el Supremo insiste en que el agente no solo incumplió sus obligaciones como responsable del gimnasio, sino que fue parte activa del desorden que debía evitar, contribuyendo a un comportamiento incompatible con los valores y la imagen de la Guardia Civil.

Con esta decisión, el Tribunal Supremo cierra definitivamente el caso y avala el castigo disciplinario por un episodio que ha terminado convirtiéndose en un ejemplo de lo que la justicia militar considera una vulneración grave de la dignidad y el decoro exigibles a quienes forman parte de las fuerzas de seguridad.

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