Hace apenas unos días, la Comunidad de Madrid sacaba pecho de una inversión de más de 38 millones de euros con la que renovaba la flota de su Cuerpo de Bomberos con 36 nuevos vehículos. La noticia se presentó como una apuesta del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso para reforzar el servicio y modernizar sus medios materiales. Sin embargo, detrás de ese anuncio se esconde una batalla judicial que llevaba tiempo librándose lejos de los focos. Un pulso entre los sindicatos de bomberos y el Ejecutivo madrileño sobre el destino de un dinero que, según acaba de confirmar el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), nunca debió emplearse para fines distintos de las inversiones reales del servicio.
El TSJM ha ratificado la sentencia que ya dictó el pasado mes de enero y vuelve a dar la razón a los bomberos frente a la Comunidad de Madrid. Los magistrados concluyen que el Gobierno regional estaba obligado a destinar íntegramente la recaudación obtenida mediante la denominada contribución especial del servicio de bomberos a inversiones reales, rechazando así la interpretación defendida por el Ejecutivo de Ayuso durante todo el procedimiento.
La resolución pone fin a un litigio iniciado por los sindicatos CCOO, CSIF y CSIT Unión Profesional, que decidieron acudir a los tribunales al considerar que la Comunidad estaba incumpliendo la finalidad para la que se recauda ese dinero. Se trata de una contribución especial abonada principalmente por las compañías aseguradoras para financiar el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos. Según sostenían los demandantes, la normativa no deja margen para interpretaciones: esos ingresos deben emplearse exclusivamente en inversiones destinadas a crear, ampliar o mejorar el servicio, y no para sufragar otros gastos.
Los representantes de los bomberos defendían que esa obligación no se estaba cumpliendo. En su demanda calcularon que, entre 2019 y 2023, cerca de 38 millones de euros -37.830.216,81 euros- no habían sido destinados a inversiones reales, reclamando que esas cantidades se reinvirtieran íntegramente en el propio servicio. Aunque el TSJM no da por acreditada esa cifra concreta, sí comparte el fondo de su planteamiento y deja claro que la totalidad de la recaudación obtenida mediante esta contribución especial debe destinarse a inversiones.
El Gobierno de Ayuso trató de desmontar esa tesis con varios argumentos. El primero fue de carácter procesal: sostenía que los sindicatos carecían de legitimación para reclamar sobre el destino del presupuesto autonómico. Pero el tribunal rechaza también esa alegación y considera que los representantes de los bomberos sí tienen un interés directo, ya que el modo en que se invierten esos recursos repercute de forma inmediata en sus condiciones de trabajo y en la calidad del servicio público que prestan.
El segundo argumento del Ejecutivo regional era el verdaderamente decisivo. La Comunidad intentó convencer al tribunal de que el precedente fijado por el Tribunal Supremo en un caso prácticamente idéntico, resuelto en Asturias, no podía aplicarse a Madrid. La estrategia pasaba por defender que la legislación madrileña era diferente y permitía una interpretación más amplia sobre el destino de esos fondos.
Sin embargo, el TSJM desmonta esa tesis. Tras analizar ambas normativas concluye que las diferencias invocadas por la Comunidad no alteran la naturaleza de la contribución especial ni su finalidad. Dicho de otra forma: aunque Asturias y Madrid tengan regulaciones propias, el dinero recaudado mediante este mecanismo tiene el mismo objetivo y debe seguir las mismas reglas. Por eso la Sala hace suyo el criterio fijado previamente por el Tribunal Supremo y concluye que esos ingresos solo pueden destinarse a inversiones reales para mejorar el servicio de bomberos.
Con ese razonamiento, la sentencia estima íntegramente el recurso de los sindicatos y obliga a la Comunidad de Madrid a dedicar toda la recaudación obtenida mediante esta contribución especial a inversiones reales. Además, ordena que las cantidades correspondientes al periodo comprendido entre 2019 y 2023 que no hubieran tenido ese destino pasen a emplearse precisamente para mejorar el Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos.
Lejos de aceptar ese criterio, el Gobierno de Ayuso recurrió la resolución dictada en enero. La respuesta de la Justicia ha sido volver a darle la razón a los bomberos. El TSJM ha rechazado nuevamente los argumentos de la Comunidad y ha ratificado íntegramente su sentencia, consolidando así la doctrina que ya había marcado previamente el Tribunal Supremo.
En este punto llegamos al 15 de julio y, por lo tanto, fecha posterior a la ratificación de la condena. Aquella jornada, la Comunidad de Madrid anuncia la inversión de 38,7 millones "para reforzar la flota de su Cuerpo de Bomberos con 36 nuevos vehículos". En ningún momento se hizo referencia al procedimiento judicial ni a la obligación impuesta por los tribunales sobre el destino de los fondos recaudados para este servicio, pero la coincidencia entre la inversión anunciada por el Ejecutivo autonómico y los cerca de 38 millones de euros cuya falta de inversión denunciaban los sindicatos no pasa desapercibida. Más aún después de que la Justicia haya dejado claro que ese dinero debía destinarse íntegramente a inversiones reales en el servicio de bomberos y haya rechazado uno por uno los argumentos con los que la Comunidad de Madrid trató de defender lo contrario.
La resolución cobra especial relevancia en estos días, con los incendios poniendo a prueba los servicios de emergencia y mientras los propios bomberos madrileños llevan semanas denunciando la falta de medios, el envejecimiento de parte de la flota y las carencias del operativo. Más allá de la batalla jurídica, el fallo del TSJM deja una idea difícil de ignorar: el dinero recaudado para reforzar el servicio debía destinarse, precisamente, a reforzar el servicio.
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