La Audiencia Provincial de Valencia ha vuelto a avalar a la magistrada de la Dana, Nuria Ruiz Tobarra, contra la intención de Vox de implicar al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en la causa penal que investiga la muerte de 229 personas. En un auto, al que ha tenido acceso ElPlural.com, la Sección Segunda desestima el recurso de apelación interpuesto por la acusación popular que ejerce el partido político de extrema derecha contra la decisión de la magistrada instructora de Catarroja de denegar la remisión de oficio al Gobierno central para certificar si el presidente convocó el Consejo de Seguridad Nacional por el 29 O.
El tribunal entiende que los recurrentes no explican en su recurso ni justifican "la utilidad que tendría la diligencia de investigación propuesta para el esclarecimiento de la naturaleza de los hechos o la averiguación de los posibles causantes de los fallecimientos y lesiones objeto de esta causa". "El Estatuto de Autonomía atribuye al Consell la coordinación en materia de protección civil, sin que en el marco normativo citado en el recurso de apelación se atribuya una competencia específica al Consejo de Seguridad Nacional", añade la Sala en la resolución, que es firme.
Tampoco explican, a juicio de los magistrados, "el fundamento normativo que pueda motivar la atribución del resultado objeto de investigación a la convocatoria o a la omisión de convocar la Conferencia Sectorial para asuntos de la Seguridad Nacional, cuando los componentes fundamentales de la Seguridad nacional son la Defensa Nacional, la Seguridad Pública y la Acción Exterior, que se regulan por su normativa específica, tal como se analiza en el auto impugnado, existiendo otros organismos y autoridades específicamente encargados de la protección civil".
Como fundamento de su pretensión, desde Vox alegaron que "la Generalitat Valenciana recibía información de organismos dependientes de la Administración General del Estado y, en efecto, el art. 19 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del sistema nacional de protección civil, establece el deber de colaboración del Estado con la Comunidad Autónoma. Pero el Estatuto de Autonomía atribuye al Consell la coordinación en materia de protección civil, sin que en el marco normativo citado en el recurso de apelación se atribuya una competencia específica al Consejo de Seguridad Nacional. Por lo que el recurso no explica fundadamente la utilidad de la información que desea obtener y en qué medida se proyectó la convocatoria o no convocatoria del Consejo de Seguridad Nacional en los resultados de muerte y lesiones que se están investigando".