La Audiencia de Madrid ha suspendido la sesión en la que debía decidir si archivaba o acotaba la causa contra Begoña Gómez, dando de esta forma respuesta a los recursos presentados por la mujer del presidente del Gobierno y por la Fiscalía. En un día marcado en rojo para la instrucción de esta causa, muy discutida desde el principio, finalmente la Sección 23 de la Audiencia Provincial, en quien recaía esta deliberación, ha decidido retrasar su fallo al constatar que el juez Juan Carlos Peinado, instructor de la causa contra Gómez, no ha remitido toda la documentación necesaria relativa a uno de los recursos.

Y no es baladí lo decidido por la Audiencia, ya que lo que ha Peinado se le ha olvidado remitir no es, ni más ni menos, que el recurso de apelación directa que presentó la defensa de Gómez contra el auto del juez en el que decía que pensaba investigar toda la acitividad profesional de Begoña Gómez desde que su marido es presidente. Un ejemplo clarísimo de investigación prospectiva a juicio de la defensa.

En la providencia de la Audiencia Provincial, a la que ha tenido acceso ElPlural.com, los magistrados dicen "Dada cuenta; tras el examen del testimonio remitido a petición de la Sala el pasado 9 de septiembre, recibido el día 13 de los corientes, se comprueba la existencia de un recurso de apelación directo contra el auto de 1 de julio de 2024 por la Defensa de la investigada, recurso al que no se hacía referencia en el oficio remisorio ni en el escueto testimonio acompañado. Por lo que, al tener relevancia para la deliberación  señalada en el día de hoy, el estado de tramitación del citado recurso, deberá aclararse por la letrada de la admón. de justicia adscrita al Juzgado de Instrución no41 de Madrid el mismo, con suspensión de la deliberación señalada para el día de hoy".

Begoña Gómez

El abogado de Begoña Gómezmujer del presidente del GobiernoPedro Sánchez, solicitaba el 8 de julio a la Audiencia Provincial de Madrid que archive el procedimiento judicial abierto contra ella a raíz de una denuncia del pseudosindicato Manos Limpias. Una denuncia que tan solo contenía titulares de prensa. El motivo por el que solicitaba el archivo es porque lo único por lo que procedía la investigación, tal y como dijo en un auto anterior la propia Audiencia, está siendo investigado por la Fiscalía Europea. Camacho aseguraba en su recurso de apelación que no existe elemento alguno que permita abrir "la investigación universal que se infiere del contenido del auto respecto de mi representada".

El abogado también aseveraba que la investigación es prospectiva: "Desgraciadamente no es del todo inusual que muchos procedimientos comiencen como una auténtica “fishing expedition” contra el investigado, con el pretexto de esclarecer un determinado hecho delictivo pero que, en realidad, lo que buscan es indagar en la vida y obra del sujeto para ver si, en el curso de dicha indagación, otros delitos pueden ser descubiertos, partiendo del convencimiento personal de la fuerza investigadora sobre la criminalidad del sujeto".

El fiscal

Por su parte, el fiscal del caso se unía a la defensa y presentaba otro recurso de apelación ante la Audiencia Provincial en el que solicitaba que el juez del caso, Juan Carlos Peinado, delimite cuál es el objeto de la investigación ante la "deriva procesal" que está tomando el procedimiento y que, a su juicio, "impide una defensa digna" de Gómez.

Tal y como hiciera el letrado de la defensa, Antonio Camacho, el representante del Ministerio Público recuerda que fue la propia Audiencia la que delimitó que se podía investigar y qué no. También añaden que traladan la dificultad de comprender el objeto fáctico de las actuaciones derivadas y de la finalidad de las diligencias acordadas, "que quizás no sean actuaciones objeto de impugnación como tales (alguna ha sido recurrida en reforma y pende de resolución), pero son muestra de la incertidumbre y deriva procesal en la que se desarrolla la presente instrucción".

Le dice el fiscal a la Audiencia: "Nuestra interpretación respecto a lo expuesto será o no acertada, y será o no aceptada, pero no es, ni pretende ser, ni puede tacharse de desleal en modo alguno. Hay expresiones contenidas en el auto de 1 de julio, ante la solicitud de centrar el objeto de la investigación penal, del siguiente tenor: (...) son todos los actos, conductas y comportamientos, que se han llevado a cabo, por la investigada, desde que su esposo es el Presidente del Gobierno de España".

"Estas expresiones son manifestaciones que pueden parecer una causa general, o cuando menos excesivamente amplias, habida cuenta las circunstancias expuestas" según el fiscal.