La actriz Elisa Mouliaaá ha anunciado este miércoles a través de sus redes sociales su decisión de retirar la acusación por presunta agresión sexual que presentó contra el expolítico Íñigo Errejón, justificando que es "un límite" a un proceso judicial que comenzó hace más de un año, cuando lo denunció públicamente en octubre de 2024.

“He decidido retirar mi acusación particular en el procedimiento por abuso sexual contra Íñigo Errejón. No es una retractación, es un límite. La Fiscalía determinó la veracidad de los hechos y el juez Carretero apreció indicios de criminalidad enviándole al banquillo", ha comenzado esgrimiendo a través de un comunicado difundido en redes sociales. 

Mouliaá ha recordado cómo "todo explotó a partir de denuncias anónimas": "Después vino su dimisión, y enseguida comenzó el relato de que podían ser falsas. Yo salí a dar la cara, con nombre y apellidos. Di ese paso a solas, para confirmar que todo eso era cierto cuando se ponía en duda y para proteger a otras mujeres. Con el tiempo, ninguna otra víctima ha dado el paso. He permanecido sola sosteniendo todo esto y no puedo seguir haciéndolo. No porque no sea verdad, sino porque nadie debería cargar sola con algo así. Si la justicia continúa, por tratarse de un proceso de naturaleza pública, lo hará sin mi participación·, ha proseguido.

En estos términos, la denunciante asegura que se retira "con la conciencia tranquila" y reiterando que su decisión no es de huida, sino que termina en este punto "demostrando" que no busca "dinero ni protagonismo: La verdad ya camina sola”, ha culminado.

 

Posteriormente a conocer la decisión de la actriz, fuentes de la defensa de Errejón han precisado, según ha podido conocer ElPlural.com, que esta renuncia “ocurre dos días antes de que su abogado fuese a abandonar su defensa y ella quería negociar la retirada de su denuncia contra Errejón a cambio de que él hiciese lo mismo con la querella por calumnias que pesa sobre ella”. Al tiempo que, en cuanto a la querella del expolítico se mantendrá en pie con el objetivo de “demostrar hasta el final que es inocente”. Estas mismas fuentes señalan que “Mouliaá se ha hecho atrás porque la situación era ya insostenible, con la Fiscalía en su contra”.

Errejón fue procesado en noviembre de 2025

Fue el pasado mes de noviembre cuando la causa judicial, extendida en entorno a un año, cuando el titular del Juzgado de Instrucción nº 47 de Madrid decidió procesar al exdiputado de Sumar y seguir adelante con la investigación por presunto abuso sexual. Las diligencias, entonces, terminaron tras los interrogatorios a dos psquiatras que trataron a la denunciante y que situaron, en aquel momento, a Errejón al borde del banquillo.

El juez Carretero percibió que el “principal indicio probatorio” es la declaración de Mouliaá, sobre la cual apuntó que “no tenía ningún móvil espurio, enemistad, odio o venganza” contra el expolítico, sino “más bien todo lo contrario”, tildando así su declaración en sede judicial de “coherente en lo esencial”.

"Las posibles lagunas o contradicciones en su declaración, las aclaró ante este instructor, tras un largo y exhaustivo interrogatorio, en el que en todo momento mantuvo la coherencia, explicando que si no reaccionó ante el abuso más rápidamente, como hizo en el tercer episodio, fue porque estaba aturdida, bloqueada ante la situación y la personalidad de su presunto agresor, además del efecto de la bebida y los medicamentos que tomaba", recalcó el magistrado.

En estos términos, decretó que "no se ven vaguedades ni contradicciones" en la declaración de la actriz "salvo esa falta de reacción explicable por su bloqueo emocional y la repetida personalidad" de Errejón, que en ese momento era "un importante político". En cuanto a la renuncia política de Errejón, el juez reiteró que éste "dimitió de su cargo por conductas inapropiadas con mujeres".

Pese a ello, a mediados del pasado mes de diciembre, la Fiscalía de Madrid pidió el archivo de la causa al considerar que no había indicios suficientes para sostener la acusación penal contra el fundador de Más Madrid, entendiendo que el relato de la denunciante no pudo ser respaldado con pruebas concluyentes que permitieran continuar con el proceso judicial.

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