El obispo Reig Pla ejercía su libertad de expresión cuando comparó a las feministas integrantes del denominado tren de la libertad que planteaban su oposición frente a la reforma del aborto, con los convoyes que trasladaban a los judíos a Auschwitz. Así lo ha considerado  la titular del juzgado número 2 de Alcala de Henares Olga Iglesias Santamaría, que ha inadmitido la querella que la asociación Les Comadres presentó contra estas declaraciones del prelado”. El abogado de la asociación, Eduardo Ranz presentará recurso de apelación ante la Audiencia  Provincial.

La jueza ha recalcado que el obispo hizo uso de su derecho a la libertad de expresión en las manifestaciones volcadas en la carta pastoral titulada “Llamar a las cosas por su nombre  pues según la doctrina de la Iglesia, citada por Juan Antonio Reig Pla, “el aborto es, a todas luces, un asesinato”.

“El tren de la muerte”

El día 25 de setiembre de 2014, en la web Infovaticana, el obispo de Alcalá de Henares,  publicó su artículo del que se destaca:
“Desde la lógica del horror el Secretario General del PSOE ensalzó en la Estación de Atocha de Madrid el mal llamado “tren de la libertad” en el que algunas mujeres reclamaban “el derecho a decidir matar inocentes”; este tren, como los trenes de Auschwitz que conducían a un campo de muerte, debería llamarse, no el “tren de la libertad” sino, el “tren de la muerte”, del “holocausto” más infame: la muerte directa y deliberada de niños inocentes no-nacidos”.

“Delito de injurias graves”
La querella interpuesta por la presidenta de La Tertulia Feminista Les Comadres y otros colectivos de mujeres, se dirigió también contra la publicación. Para las querellantes, según expresaban en su denuncia, “el hecho de comparar esta movilización cívica y social en defensa del acceso a un derecho básico de las mujeres con los campos de concentración constituye un delito de injurias graves”.

“No reviste carácter de delito”
Para la jueza, “los hechos relatados en la querella no revisten caracteres de delito”, y explica en el auto de inadmisión que  “las expresiones que se imputan al querellado se enmarcan dentro de un artículo de opinión en un portal de información religiosa dirigido entre otras cuestiones a criticar al presidente del Gobierno de España y del Partido Popular por su actuación en relación  a la retirada de la reforma de la Ley del aborto (...)”.

“No se puede considerar injurioso”
Y continúa:
“Extendiendo su crítica sobre la misma cuestión al secretario general del PSOE por ensalzar en la estación de Atocha de Madrid el llamado tren de la libertad y, si bien, el mismo querellado compara ese tren con los trenes de Auschwitz y entiende que debería llamarse tren de la muerte o del holocausto, tales referencias o equivalencias no pueden considerarse injuriosas”.

“Conforme a la doctrina de la iglesia”
¿Qué argumento se esgrime para obviar esta consideración? Lo explica el auto: “pues es evidente que el obispo querellado, conforme a los principios de la doctrina social de la iglesia católica, y en el ejercicio de la libertad de expresión y libertad religiosa, entiende y así lo manifiesta en el derecho reclamado por algunas mujeres en el tren de la libertad equivale a la muerte directa y deliberada de niños inocentes no – nacidos”.

“Amparado por la libertad de expresión”
“Por ello, según su opinión, parecer, convicción o creencia personal, el tren de la libertad tiene semejanza o parangón con los trenes de Auschwitz, pero tal estimación o valoración personal, aun cuando pueda molestar, inquietar, ofender o disgustar (aquí una serie de referencias legales), está amparada por la libertad de expresión (...)”, expresa la jueza.

“No hay incitación al odio”
El auto señala también que no se pueden considerar estas manifestaciones del obispo como incitadoras al odio y  a la discriminación por razón de género o atenten al lprincipio de igualdad contra todas las mujeres. La magistrada concluye acordando la inadmisión a trámite de la querella y el archivo de las actuaciones.

Ranz: “Se mantiene la ofensa”
El letrado de la Asociación, Eduardo Ranz ha manifestado a ELPLURAL.COM: “Se mantiene una ofensa a las más de 300.000 personas que apoyaron el derecho a decidir, frente al auto de inadmisión de la jueza de instrucción de Alcalá que considera comparar al tren de la libertad con el nazismo, como un ejercicio de libertad de expresión y religiosa, lo que vulnera la jurisprudencia del Tribunal Supremo en ponderación con la ofensa y la libertad de expresión”.

 Que el obispo se retractase
El 15 de octubre de 2014, se presentó la querella criminal por el delito continuado de injurias graves hechas con publicidad. Se solicitaba que el prelado se retractara, abonase una multa de mil euros y que fuera condenado a asistir a una charla sobre relaciones sexuales de riesgo y prevención de embarazos no deseados.

Reig Pla llamo a orar por el lobby abortista
Tras la presentación de la querella, el mismo día, el Obispo de Alcalá procedió a emitir un comunicado en infocatolica.com, titulado “Mons. Reig Pla da gracias a Dios por ser perseguido por defender a los no nacidos y la fe católica e invitaba a todos los católicos a orar por la libertad religiosa en España, por quienes sostienen las “estructuras de pecado” que promueven el inexistente derecho a matar inocentes –el lobby abortista y sus apoyos políticos y mediáticos.

El obispo no fue llamado a declarar
“Tras más de un año de retraso injustificado, y escritos de impulso procesal, la magistrado-juez titular del Juzgado de Instrucción nº 2 de Alcalá de Henares y su partido, procedió a no admitir a trámite la querella, sin haber citado a declarar al querellado para conocer la especial trascendencia del sentido de sus textos”, añadió Ranz.

Caso Zapata reabierto para que declare
El abogado de la asociación feminista recuerda que la Seccion II de la Audiencia Nacional ha instado al magistrado Santiago Pedraz a reabrir el caso archivado contra el edil Zapata de Ahora Madrid por no haberle tomado declaración a fin de conocer el sentido de sus textos.  “Con Reig Pla ha pasado lo mismo”.

Diferentes varas de medir
En el caso del obispo, la justicia sí considera que lo suyo es libertad de expresión, aunque las ofendidas no le han perdonado. Al contrario de lo ocurrido con Zapata al que dos de los jueces de Sala de la  Audiencia Nacional no le suponen ese derecho aunque Irene Villa, sí disculpó al concejal por el tuit en que la mencionaba de modo desagradable.