La Dirección General de Tráfico (DGT), en dependencia del Ministerio del Interior, ha aplicado finalmente las rebajas de las tasas de alcohol permitidas al volante, considerando que la sociedad española tiene la "madurez suficiente" para proceder con esta medida.
En concreto, la tasa máxima para los conductores en general se reduce de 0,5 a 0,2 gramos por litro en sangre (de 0,25 a 0,1 mg/l en aire aspirado). Este ajuste llevaba ya tiempo sobre la mesa, y ya en la última reforma de la Ley de Tráfico se introdujo un cambio en este ámbito para los menores de edad. En marzo de 2022, los conductores que no superaban la mayoría de edad pasaron a tener prohibido manejar vehículos si han bebido: 0,0 gramos de alcohol en sangre. En el mismo sentido, los conductores noveles y profesionales también están en el foco, con un límite actual de 0,3g/l en sangre (0,15mg/l en aire aspirado) y una probable modificación también de este límite.
Por su parte, Fernando Grande-Marlaska ha señalado que Interior apuesta por este cambio normativo de acuerdo a la petición de las asociaciones de víctimas y de mejorar la seguridad vial. “En más de la mitad de los siniestros aparece el alcohol o las drogas como determinante", explicó en septiembre el titular de Interior.
Más del 50% de los accidentes tienen alcohol de por medio
En concreto, el 53,6% de los 862 conductores que fallecieron en accidente de tráfico el año pasado dio positivo en alcohol, drogas y/o psicofármacos, según la Memoria 2023 de Hallazgos Toxicológicos en Víctimas Mortales de Accidente de Tráfico, elaborada por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF). Unas cifras que convierten a 2023 en el peor año desde que se empezó a contabilizar con este método, en 1992.
Otra pata para sostener la reforma es la campaña de control específica que realizó la DGT en el mes de agosto, concretamente entre el 19 y el 25. En esa semana, cada día se detectaron una media de 543 conductores que manejaban el vehículo tras haber consumido alcohol y superando el límite permitido. Se realizaron un total de 225.946 pruebas, en las que 2.156 personas dieron positivo a alcohol y 1.645 a otras drogas. Otros 4.570 conductores no superaban la tasa, pero sí habían bebido alcohol.
Las sanciones por exceder el máximo permitido no han cambiado con el nuevo reglamento. Para los conductores en general, si la alcoholemia oscila entre los 0,26 mg/l y los 0,50 mg/l en aire aspirado, la sanción es de 500 euros y 4 puntos del permiso de conducir. Si el conductor sobrepasa los 0,50 mg/l, la multa económica es de 1.000 euros y la pérdida 6 puntos del carnet. Y si el infractor es ya reincidente, la sanción es siempre de 1.000 euros, mientras que los puntos retirados pueden ser 4 o 6, dependiendo de la tasa registrada.
Por otra parte, si se rebasan los 0,60 mg/l en aire se considera como un delito contra la seguridad vial tipificado en el Código Penal. El correctivo para estos casos contempla penas de 3 a 6 meses de prisión, trabajos en beneficios de la comunidad entre 30 y 90 días o multas económicas de 6 a 12 meses, así como la retirada del carnet entre 1 y 4 años.