La secretaria general del Partido Popular, Cuca Gamarra, ha denunciado este martes que un Tribunal Constitucional “copado” por exministros y altos cargos socialistas se esté dedicando a “hacer revisionismo de las sentencias del Tribunal Supremo”, buscando “borrar” la “corrupción” del PSOE en el caso de los ERE en Andalucía. De esta manera ha despotricado Gamarra contra el Constitucional después de que haya acordado anular la condena de seis años y medio de cárcel que el impuso por prevaricación en concurso con malversación en el caso de los ERE al exdirector general de IFA/IDEA Miguel Ángel Serrano Aguilar.

“Es lamentable ver cómo el Tribunal Constitucional está borrando, sí borrando, la corrupción del Partido Socialista y evitando de esta manera que tenga que ser Sánchez quien tramite los indultos a sus compañeros del PSOE de Andalucía”, ha señalado Gamarra.

“Un Tribunal Constitucional copado por exministros y altos cargos socialistas que se están dedicando a hacer revisionismo de las sentencias del Tribunal Supremo, el más Alto Tribunal de nuestro ordenamiento jurídico", ha enfatizado de esta forma, para después añadir que esto se produce "mientras el Gobierno ataca a los jueces y siembra dudas sobre su actividad profesional desde la mesa del Consejo de ministros”.

Lejos de respetar el fallo del Constitucional, Gamarra ha afirmado que, aunque el tribunal “está borrando la corrupción del PSOE”, hay algo que “ninguna revisión podrá borrar”, que a su juicio es que “el caso de los ERE es el mayor caso de corrupción de la historia de la democracia de España y que tiene como protagonistas a socialistas”.

Asimismo, la número dos de Alberto Núñez Feijoó ha recalcado que este “caso de corrupción” ha supuesto “el robo de casi 670 millones de euros a los parados andaluces que no llegó a los parados y que fue gastado en juergas, drogas y prostitutas”. “España merece una regeneración sí, que empiece por limpiar las instituciones del Estado de cargos al servicio de Pedro Sánchez y del PSOE. Esta es la verdadera regeneración que necesita España”, ha sentenciado.

Según ha informado la corte de garantías, el tribunal -por siete votos frente a cuatro- ha aceptado parcialmente el recurso que presentó la defensa de Serrano Aguilar al considerar que la Audiencia Provincial de Sevilla y el Tribunal Supremo interpretaron mal el delito de prevaricación y vulneraron su derecho a la presunción de inocencia. No obstante, el Pleno no ha admitido la queja que planteó sobre la anticipación del fallo.

El Constitucional anula la condena

Ha sido este martes cuando el Tribunal Constitucional, con siete votos a favor frente a cuatro en contra, ha acordado anular la condena de seis años y medio de cárcel a Miguel Ángel Serrano Aguilar. Concretamente, esta decisión ha contado con los votos particulares de los magistrados del ala conservadora Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo y César Tolosa y de la magistrada Concepción Espejel, y también un voto concurrente de la magistrada del ala progresista María Luisa Segoviano.

Serrano Aguilar fue condenado por la Audiencia Provincial de Sevilla a seis años y medio de cárcel por un delito de prevaricación en concurso con un delito continuado de malversación y a 17 años de inhabilitación. El Tribunal Supremo, por su parte, confirmó la condena.

Tanto la Audiencia Provincial como el Supremo consideraron que el exalto cargo firmó, en su calidad de director general del IFA/IDEA, convenios particulares con la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social para el pago de ayudas sociolaborales y empresas en crisis con cargo a los fondos de la partida presupuestaria 440 del programa 3.1 L de las respectivas leyes de Presupuestos.

Ahora, el Tribunal Constitucional estima parcialmente el recurso de amparo de Serrano Aguilar y anula la condena, señalando que ambos tribunales realizaron una interpretación y aplicación imprevisible del delito de prevaricación, prohibida por el derecho a la legalidad penal. Según el tribunal, aunque las firmas de convenios particulares puedan ser consideradas resoluciones recaídas en asunto administrativo, no puede apreciarse que incurran en arbitrariedad porque estaban amparadas en las leyes de Presupuestos de Andalucía 2002-2009.

Los magistrados sostienen que "no puede" decirse que la actuación amparada en las leyes de presupuestos, concretamente en el programa 3.1 L, es ilegal cuando esa actuación se lleva a cabo de acuerdo con lo que las memorias de las leyes de presupuestos establecen al respecto.

Por ello, el Constitucional entiende que la condena a Serrano Aguilar por el delito de malversación es contraria al derecho a la legalidad penal. Además, considera que vulnera su derecho a la presunción de inocencia porque las sentencias por las que fue condenado no argumentaron lo suficiente que el exdirector del IFA fuese quien dispusiera de fondos públicos para fines distintos a los previstos en dicho programa.

Tras la decisión del Constitucional de anular la condena, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha ordenado liberar a Serrano Aguilar. Además, esta decisión del Constitucional allana el camino al expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, por el mismo caso.