La ilegalización de cualquier asociación cuya propia naturaleza de existencia sea la exaltación de un dictador genocida debería unir a todos los demócratas en cualquier país; sin embargo, en España la derecha rehúsa de distanciarse del franquismo del que nació e intenta boicotear cualquier intento de memoria democrática o de eliminación de los ultras de Francisco Franco. El Partido Popular (PP) tenía la oportunidad de mostrar que ya no son la Alianza Popular fundada por ministros franquistas, pero ha preferido intentar boicotear una reforma que, aún así, será aprobada.

Este jueves, llegará al Congreso de los Diputados la reforma de la Ley reguladora del Derecho de Asociación impulsado por el PSOE y cuyo principal cometido es disolver a las asociaciones que realizan apología del franquismo. Los del Alberto Núñez Feijóo han intentado evitar que saliese adelante, retrasando con un aluvión de enmiendas la tramitación en el Senado, donde gozan de mayoría absoluta. El Pleno en la Cámara Baja conseguirá, previsiblemente, dar la vuelta a todas las modificaciones introducidas, recuperando el texto original de cara a su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

El Gobierno y sus socios se verán a revertir un recorte obsceno del PP, que directamente ha suprimido el apartado en el que se habla de la posibilidad de disolver asociaciones franquistas. Sin embargo, para no perder la costumbre en el uso del argumento, los conservadores utilizaron la Cámara Alta para volver a recurrir a ETA e introducir una enmienda de extinción a asociaciones que enaltezcan el terrorismo. Modificación que podría comprenderse y no ser un nuevo manoseo de las víctimas de no ser por la retirada de toda alusión al franquismo propuestas.

Articulado de la ley

La iniciativa original que intentará recuperar en el Congreso establece que la disolución tendrá que realizarse mediante resolución judicial y que corresponderá al Ministerio Fiscal "el ejercicio de la acción en este tipo de procesos", pero en la fase de ponencia se introdujo una nueva vía para esa disolución. Fue a través de una enmienda transaccional pactada por PSOE, Sumar, ERC, Junts, Bildu, PNV y BNG que abría la puerta a la disolución por la vía penal.

"El Ministerio Fiscal valorará el ejercicio de la acción penal de disolución por delitos relativos a derechos fundamentales, especialmente en lo relativo al delito de asociación ilícita, cuando concurran supuestos de incitación al odio o a la violencia", reza la transaccional. Además, esta enmienda permite reconocer la "legitimación activa" en esta materia a las “asociaciones, entidades o personas jurídicas que tengan como fines la defensa de la memoria democrática y de las víctimas del golpe de Estado de 1936 y de la dictadura".

Esta reforma de la ley de asociaciones cumple a su vez el mandato de la ley de Memoria Democrática, que establece esta actuación en su disposición adicional séptima. Cabe destacar que la norma afecta sólo a asociaciones, dado que en el caso de las fundaciones como la Fundación Nacional Francisco Franco, los intentos de disolución siguen otro camino, pues dependen del Ministerio de Cultura, capitaneado por Ernest Urtasun, quien ya inició los trámites previos hace justo un año.

Asimismo, para evitar que la fundación defensora de la dictadura intentase transformarse en asociación para evitar su extinción, el PSOE optó por impulsar en paralelo la reforma de la Ley de Asociación. Así, se introduce como causa de disolución "la realización de actividades que constituyan apología del franquismo", bien "ensalzando el golpe de Estado de 1936 o la dictadura posterior", "enalteciendo" a sus dirigentes, siempre que "concurra menosprecio y humillación de la dignidad de las víctimas" del golpe, la guerra o la dictadura o con "incitación directa o indirecta al odio o violencia contra las mismas por su condición de tales".

Todo ello, además, apuntado que el motivo de disolución se aplicará con independencia de los fines teóricos y actividades plasmados en los estatutos y de que la asociación cuestionada haya cumplido o no el deber de inscripción registral, toda vez que éste se prevé sólo a efectos de publicidad.

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